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1 de abril: debe renovar carta para circular en horarios de restricción vehicular

La restricción vehicular en el mes de abril se mantendrá igual que hasta el momento; es decir, con horario de…

Por Hermes Solano

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1 de abril: debe renovar carta para circular en horarios de restricción vehicular
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La restricción vehicular en el mes de abril se mantendrá igual que hasta el momento; es decir, con horario de 11 p.m. a 5 a.m. todos los días.

La única que rige es la restricción para ingresar al centro de San José y carretera de Circunvalación de lunes a viernes.

Los lunes no pueden circular por la zona las placas terminadas en 1, 2; los martes las 3 y 4; los miércoles las que finalizan en 5 y 6; los jueves aquellas terminadas en 7 y 8 y los viernes en 9 y 0.

Desde este jueves 1 de abril, quienes necesiten transitar en el horario restrictivo o en la zona de la capital mencionada deben renovar su carta.

La renovación de la carta se debe de realizar cada 2 meses contados a partir de la fecha de emisión.

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Los datos

El documento, que puede ser físico o digital, debe contener la siguiente información para tener validez:

  • El nombre de la persona trabajadora.
  • El nombre de la persona trabajadora
  • El número del documento de identidad.
  • El horario de trabajo de la persona trabajadora.
  • El domicilio de la persona trabajadora.
  • El nombre de la empresa o la institución en la cual labora la persona trabajadora.
  • La ubicación de la empresa o institución en la cual labora la persona.
  • La excepción invocada según el artículo 6° del presente Decreto Ejecutivo.
  • El número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.
  • Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.

Si el trabajador requiere trasladarse con ayuda de otra persona, la carta debe consignar los datos, nombre y número de cédula, de esa otra persona.

El gafete o carné de la empresa también es requisito. Si un oficial de Tránsito lo detiene, debe presentar la carta y el gafete.

Trabajadores independientes

Para los trabajadores independientes la carta, además de contar con los datos ya expuestos, tienen que presentar un documento de respaldo de sus labores.

Es decir, portar un elemento que justifique la movilización en el día de restricción.