Visión País

21 conductores fueron multados por manejar alcoholizados en enero

por Mariana Mena
Observador CR

La Policía de Tránsito sancionó a 21 conductores por manejar bajo los efectos del alcohol durante el primer mes del 2023.

Esta situación implica una multa de ¢368.000 y el conductor acumula 6 puntos de la licencia. Otros 20, dieron positivo en niveles bajos y no se sanciona.

“Los puntos en la licencia se acumulan. Sí llega a los 12 puntos, pierde el derecho a conducir de forma legal por 1 año. Pasado ese tiempo, se le renovará por 4 años, tras llevar y aprobar un curso de reeducación vial”, advierte tránsito.

Además, tome en cuenta que negarse a hacer la espiración de aire por petición de la Policía de Tránsito, implica el mismo castigo que dar positivo.

Según datos del 2022, los índices de detenidos y multados por conducir alcoholizados, continúan altos:

“Tenemos la satisfacción del deber cumplido, al detectar a estas personas, pero, lamentamos que sean tantos los que insisten en conducir bajo esta condición, qué refleja un alto sentido de irresponsabilidad”, indicó Felipe Venegas, de la Policía de Tránsito.

Negarse a hacer la espiración de aire por petición de la Policía de Tránsito, implica el mismo castigo que dar positivo. (Archivo/Observador)

OBSERVE MÁS: Multas de tránsito aumentaron 10% desde este 1 de enero; las más altas son de ¢367.000

Lo que dice la ley

De acuerdo a lo que establece la Ley de Tránsito, conducir bajo los efectos del licor es una multa tipo A y los máximos de alcohol permitidos varían según el conductor: si es particular o novato.

Para los conductores particulares, los niveles con los que se considera estar bajo los efectos del alcohol son de 0.50 a 0.75 gramos en la prueba de espiración de aire, o entre 0.25 y 0.38 miligramos en la prueba de sangre.

Para los conductores profesionales (laborales) y novatos (jóvenes), el nivel permitido es más bajo. Entre 0.20 y 0.50 gramos o entre 0.10 y 0.25 miligramos, según la prueba.

De esa forma, superar los 0,75 gramos o 0,38 mg. en caso de conductores particulares, o superar los 0,50 gramos o los 0,25 mg, en caso de conductores profesionales y novatos implica una sanción penal.