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5 ciudadanos pidieron suprimir sus datos personales de noticias digitales en Costa Rica

Apegadas en la figura del “derecho al olvido”, cinco personas solicitaron que eliminaran sus datos en publicaciones hechas por diarios…

Por Paulo Villalobos

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5 ciudadanos pidieron suprimir sus datos personales de noticias digitales en Costa Rica
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Apegadas en la figura del “derecho al olvido”, cinco personas solicitaron que eliminaran sus datos en publicaciones hechas por diarios electrónicos.

Esa posibilidad tiene su origen en el principio de “actualidad” de la información, que se refiere al periodo de 10 años de la ocurrencia de hechos registrados en una base de datos (archivo, fichero o registro objeto de procesamiento).

Por lo anterior es que el artículo 6 de la Ley de protección de la persona frente al tratamiento de sus datos personales, que entró en vigencia el 5 de setiembre de 2011, establece que en ningún caso podrán conservarse informaciones personales que puedan afectar de cualquier modo a su titular, siempre que se haya cumplido el plazo de 10 años.

De las cinco ciudadanos que realizaron el pedido, tres consiguieron que la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) ordenara a dos periódicos que borraran información contenida en sus noticias en las versiones disponibles en internet.

Esas disposiciones se giraron entre el 6 de julio de 2018 y el 1 de agosto de 2019 al Grupo Nación GN S.A. por publicaciones del diario La Nación y el extinto Al Día, según detalló el órgano adscrito del Ministerio de Justicia y Paz a El Observador.

Las informaciones suprimidas y los nombres de los denunciantes no fueron especificados.

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Uno rechazado, el otro pendiente

La Agencia de Protección de Datos recibió por primera vez una denuncia para la supresión de informaciones personales amparada al “derecho al olvido” el 29 de julio de 2016, según explicó en conversación con este medio su directora Elizabeth Mora.

En esa oportunidad, una persona pidió que se eliminara su nombre, su situación jurídica y una fotografía de una noticia publicada por La Nación en abril de 2008. La nota describía un estado de fuga por un delito no detallado en la resolución 6, del 3 de octubre de 2016.

Pero el entonces director de la Agencia, Mauricio José Garro, optó por declarar sin lugar la denuncia interpuesta contra el periódico, toda vez que se comprobó:

  • que la información publicada tenía un marcado interés público
  • y que los datos personales carecían del principio de actualidad

“En el presente caso tenemos que si bien se puede considerar que la fotografía es un dato personal que merece una especial protección, resulta que la publicación de la misma está cumpliendo con una función informativa hacia la sociedad en general, por tratarse de una persona que cometió un delito, y que al momento de la publicación se encontraba en fuga”, determinó Garro en el fallo, al darle la razón a uno de los argumentos de La Nación.

Diferente fue la apreciación del exdirector en cuanto al alegato del denunciante, de que los datos carecían de actualidad. Ello por cuanto a a ese momento aún estaba pendiente de cumplirse la totalidad de la pena en su contra (por 12 años de cárcel, que se preveía se cumplieran en junio de 2017).

“El cómputo de los 10 años, empieza a contar a partir de que cese el tratamiento de los datos, situación que aún no sucede, pues como se indicó, la información publicada sigue siendo de interés para la sociedad”, resolvió.

El quinto caso tiene que ver con una petición de una ciudadana que busca eliminar una fotografía de su hijo de tres años, que se utilizó para ilustrar una noticias que a su criterio no tiene relación alguna con el menor ni con el tema que dio origen a la noticia en la que se publicó inicialmente la imagen, detalló Mora.

La actual directora no especificó el nombre del medio denunciado debido a que permanecía en curso una investigación.

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