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¿Sabe usted que la Jornada Mixta puede pagarse al mismo valor que la Jornada Diurna?

Mario Varela para El Observador Recordemos que Costa Rica tiene establecido en su Código de Trabajo, una jornada ordinaria y…

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¿Sabe usted que la Jornada Mixta puede pagarse al mismo valor que la Jornada Diurna?
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Mario Varela para El Observador

Recordemos que Costa Rica tiene establecido en su Código de Trabajo, una jornada ordinaria y tres tipos de horarios: diurno, mixto o nocturno.

Trabajos peligrosos e insalubres

Jornada Hora de Inicio Hora Finalización Máximo Horas por día Máximo Horas por semana
Diurna 5 am. 7 pm. 8 48
Mixta Dia Noche 7 42
Nocturna 7 pm. 5 am. 6 36

 

Claro, que los límites diarios y semanales de horas laborales se dan bajo el supuesto que estamos ante trabajos PELIGROSOS e INSALUBRES, dado que en aplicación del artículo 136 del Código de Trabajo que establece:

“La jornada ordinaria de trabajo efectivo no podrá ser mayor de ocho horas en el día, de seis en la noche y de cuarenta y ocho horas por semana”.

Sin embargo, en los trabajos que por su propia condición no sean insalubres o peligrosos, podrá estipularse una jornada ordinaria diurna hasta de diez horas y una jornada mixta hasta de ocho horas. Esto siempre que el trabajo semanal no exceda de las 48 horas.

Por lo tanto, en trabajos NO peligros ni Insalubres, aplicaría el siguiente cuadro:

Trabajos no peligrosos ni insalubres

Jornada Hora de Inicio Hora Finalización Máximo Horas por día Máximo Horas por semana
Diurna 5 am. 7 pm. 8 48
Mixta Dia Noche 8 48
Nocturna 7 pm. 5 am. 6 36

 

Dado lo anterior, con un PATRONO que no sea Peligroso ni Insalubre, ganarían los mismo los trabajadores en el horario de la mañana que en el horario de la tarde noche.

Hago la advertencia que en cuanto a la jornada mixta, la porción que se labore dentro del horario nocturno, no podrá superar las 3.5 horas, dado que, si supera esta porción, se convertiría en una jornada nocturna, siendo el límite máximo de 6 horas para laborar, y cualquier tiempo adicional será pagado en un 50 % adicional.