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Aguinaldo: Así se estimará para los 80.000 trabajadores suspendidos y 164.000 con jornada reducida

El aguinaldo será menor este año para los 80.000 trabajadores que tuvieron su contrato suspendido y los 164.000 a los…

Por Christine Jenkins Tanzi

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Aguinaldo: Así se estimará para los 80.000 trabajadores suspendidos y 164.000 con jornada reducida
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El aguinaldo será menor este año para los 80.000 trabajadores que tuvieron su contrato suspendido y los 164.000 a los que le redujeron la jornada del sector privado durante la pandemia.

“Ante la situación de emergencia nacional y la afectación económica causada por la misma, obligó a muchos patronos a tomar medidas que redujeron o suspendieron la compensación de los trabajadores. Por ende, es un hecho que el aguinaldo de muchas personas vaya a ser menor al que le hubiese correspondido en circunstancias usuales”, dijo Laura Navarrete, gerente senior de EY Law.

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Para el llamado “decimotercer mes” se debe tomar como base el promedio de los salarios ordinarios y extraordinarios devengados desde el 1 de diciembre del 2019 al 30 de noviembre del presente año. Esto implica que el promedio será menor que el salario normal de los empleados que vieron su salario impactado por la pandemia.

Jornada reducida

“En este escenario se deberá sumar el salario percibido entre el primero de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020, aunque esto incluya sus ingresos reducidos”, explicó Navarrete.

En el caso de una persona con un salario bruto de ¢800.000, a la que le redujeron la jornada en un 50% durante seis meses del presente año, el total de salarios brutos quedaría establecido de la siguiente manera:

  • Diciembre 2019 ¢800.000
  • Enero 2020 ¢800.000
  • Febrero 2020 ¢800.000
  • Marzo 2020 ¢800.000
  • Abril 2020 ¢400.000
  • Mayo 2020 ¢400.000
  • Junio 2020 ¢400.000
  • Julio 2020 ¢400.000
  • Agosto 2020 ¢400.000
  • Setiembre 2020 ¢400.000
  • Octubre 2020 ¢800.000
  • Noviembre 2020 ¢800.000

Al sumar todos los salarios devengados durante los últimos 12 meses el monto recibido por el empleado es de ¢7.200.000. Al dividirlo entre los 12 meses del año, se obtiene llega a un promedio de ¢600.000 que le corresponde recibir para el aguinaldo del año 2020.

La página del Ministerio de Trabajo tiene disponible una calculadora para estimar este monto.

Suspensión del contrato laboral

En el caso de trabajadores con contratos suspendidos, se debe tomar en cuenta el tiempo con el contrato suspendido, durante el cual el salario fue de ¢0.

“Al no existir prestación de servicios, por ende, no existe remuneración salarial que reconocer durante la vigencia de la medida de suspensión de contratos; lo cual va a incidir en el cálculo del promedio de salarios para efectos del pago del aguinaldo”, dijo Carla Sánchez, abogada de la firma legal BLP y especialista en materia laboral.

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Por ejemplo, una persona con un salario bruto de ¢800.000, que tuvo su contrato suspendido durante cinco meses, ganó un total de ¢5.600.000.

De esto resulta un promedio de ¢466.667 que le corresponden por el aguinaldo del año 2020.

Incapacidades

En el caso de personas que hayan sido incapacitadas, así como en otros en que el contrato de trabajo estuvo suspendido (licencia sin goce de salario), el aguinaldo se calcula con el tiempo que el trabajador sí percibió salarios.

No se toma en cuenta el período que la persona trabajadora estuvo incapacitada
por enfermedad o riesgo de trabajo, por cuanto no recibió salario sino un “subsidio”.

No sucede así cuando se trata de una trabajadora que disfrutó licencia por maternidad (pre y postparto); pues, en este caso, las sumas percibidas durante ese período sí se tienen como salario para todos los efectos legales, inclusive para el pago de aguinaldo.

Los patronos deben entregar el aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre del 2020.

En el caso que el patrono realice el cálculo y pago incorrecto de este beneficio, se expone a recibir una orden para que pague el monto correcto o de lo contrario puede llegar a ser sancionado judicialmente.

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