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Ante la notificación de una demanda laboral, ¿qué debo hacer?

MSc. Cristhian José Monge para El Observador Probablemente la notificación de una demanda judicial, sea uno de los momentos de…

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Ante la notificación de una demanda laboral, ¿qué debo hacer?
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MSc. Cristhian José Monge para El Observador

Probablemente la notificación de una demanda judicial, sea uno de los momentos de mayor estrés para un patrono, ya sea porque se encuentra totalmente enfocado en la actividad principal de su empresa o porque el reclamo que ha recibido tiene una difícil oportunidad de defensa.

Si a esto agregamos que la información que encontramos en distintas fuentes no siempre es real o no está libre de peligrosas interpretaciones, el panorama descrito puede convertirse en la peor de las pesadillas para su organización; no obstante, no todo está perdido.

La interposición de una demanda y su notificación, son los primeros pasos de un proceso complejo y por lo tanto, un primer consejo es no tomar decisiones al calor del momento. A continuación podrá encontrar seis consejos fundamentales para que su empresa no cometa errores dentro de ese camino.

Identifique el plazo

El primer aspecto que usted debe tener en mente es que esa notificación está ligada a un plazo de contestación. Si vencido ese plazo usted no contestó la demanda, podría surgir la figura del “allanamiento” que no es sino más que eventualmente dar por cierto el dicho de la contraparte manifestado en esa demanda sin haber usted dado su versión.

Si bien es cierto, aún en el peor de los escenarios todavía hay una posibilidad de defensa en el proceso, dejar que el plazo de contestación venza es uno de los peores errores en que usted podría incurrir.

A su vez, debe tener presente que el plazo para contestar debería ser utilizado para muchas otras actuaciones como coordinar con testigos, recabar prueba, buscar ayuda técnica, etc. De ahí que identificar el plazo no solo está relacionado con contestar en tiempo, sino en atender el caso libre de presiones adicionales por dejar la contestación para el último momento.

Analice la prueba que requiere

En nuestro día a día escuchamos a muchísimos patronos argumentar que llevan la razón. Sin embargo, en un proceso judicial no basta con tener la razón, sino que debemos demostrarla.

El Derecho Laboral está construido sobre una serie de principios y reglas de interpretación, tendientes a favorecer al trabajador. El mejor ejemplo lo encontramos en el principio “in dubio pro operario” que obliga al juez de trabajo a darle la razón al trabajador, en caso de que tenga dudas sobre la decisión del caso. En otras palabras, el patrono está obligado a darle certeza al juez sobre su dicho.

De ahí que una vez leída la demanda en su contra, analice cuidadosamente si cuenta con la prueba necesaria para demostrar si cada uno de los elementos controvertidos están en posibilidad de ser o no demostrados por su persona. Tome en cuenta que si bien hay distintos tipos de prueba (testimonial, pericial, declaración de parte, etc) en la mayoría de los casos el haber documentado de forma previa un beneficio o condición será vital para poder demostrar ese aspecto.

Documente aquella prueba de difícil acceso

Muchas veces ante la salida de un trabajador, sabemos que hay muchas probabilidades de que se dé un reclamo a nivel judicial. Si estos motivos están relacionados a casos disciplinarios o situaciones en donde la prueba del patrono es mayoritariamente testimonial (es decir, testigos), no espere mucho tiempo en intentar que ese tipo de prueba pase a un documento por escrito de ser posible.

Los procesos judiciales tardan mucho tiempo en ser notificados al patrono y a su vez, el trabajador tiene 1 año desde la terminación del contrato de trabajo para interponer la demanda. De ahí que la prueba relacionada a lo que un tercero vio o escuchó podría no llegar en el mejor estado a un juicio. De igual manera, si ante la notificación de la demanda, la prueba más importante está en un testigo, tenga en cuenta que al momento del juicio factores como incapacidades, salidas del país o el propio olvido involuntario de datos pueden jugar un papel en contra de esa prueba.

Busque ayuda a nivel técnico

No recurrir al consejo técnico de un abogado es una alta y riesgosa apuesta. Aspectos como la forma que debe tener una contestación, objeciones en la etapa previa, recursos dentro del proceso o el recibimiento efectivo de otras comunicaciones judiciales son ejemplos de algunos errores típicos al afrontar un proceso judicial sin ayuda.

Analizar el costo de una representación legal versus el costo que podría representar una condenatoria por la ausencia de una adecuada estrategia de defensa es en definitiva uno de los aspectos que no debe omitir en este momento.

No cierre la posibilidad de un eventual acuerdo conciliatorio

Es fundamental siempre mantener las puertas abiertas a un acuerdo conciliatorio. Los procesos judiciales suelen visualizarse como un campo de batalla, en donde dos enemigos se baten en duelo y necesariamente uno debe perder. Esta visión es lejana a la realidad y en un alto porcentaje de los casos, debe eliminarse de nuestra visión para dar paso a un escenario de ganar-ganar.

Recuerde que la decisión del caso no depende de las partes, sino del juez. En consecuencia, buscar una salida anticipada al caso, que disminuya la incerteza de cómo será resuelto es de vital importancia.

Haga un análisis de lo sucedido

No espere a un segundo caso para aprender de lo sucedido en el primero. Formalizar contratos de trabajo, confeccionar una política laboral para un tema específico, capacitarse respecto a la forma de aplicar sanciones y despido, o cómo realizar cambios seguros en el contrato de trabajo, suelen ser temas que usted necesita valorar para evitar una segunda experiencia a nivel judicial.

Si bien muchas veces la contestación de una demanda requiere de una acción reactiva, lo cierto es que la prevención es la mejor manera de tener calma en su empresa y llegado el momento de atender un proceso judicial, no sufrir tanto por esa presión inherente a todo procedimiento de esta naturaleza.