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Aprueban Ley para regular el teletrabajo

Los diputados aprobaron en segundo debate, el proyecto de ley 21.141 para regular el teletrabajo, tanto en el sector público…

Por Paula Ruiz

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Aprueban Ley para regular el teletrabajo
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Los diputados aprobaron en segundo debate, el proyecto de ley 21.141 para regular el teletrabajo, tanto en el sector público como privado. La votación se llevó a cabo la tarde de este martes.

Esta es una de las apuestas del Poder Ejecutivo durante las sesiones extraordinarias, que culminarán el próximo jueves. Tras la aprobación en Plenario, se espera que el trámite necesario para que se convierta en Ley de la República sea expedito.

La iniciativa establece que esta modalidad de trabajo es voluntaria, tanto para el empleador como para la persona trabajadora. Además se mantienen los mismos beneficios con aquellos que desean continuar laborando en un lugar establecido.

Para la diputada oficialista Paola Vega, la aprobación de este proyecto se traduce en descarbonización, reactivación económica y paridad de género.

En la justificación del proyecto de ley, los diputados proponentes defienden que “las personas teletrabajadoras mejoran su calidad de vida al tener la posibilidad de trabajar al tener horarios flexibles, mayor autonomía e independencia en su trabajo, ahorro de tiempo y recursos por no tener que desplazarse al lugar de trabajo”.

Ana Karine Niño, legisladora del Partido Liberación Nacional (PLN), destacó cambios que logra el teletrabajo como:

  • la disminución en gastos de alquileres por parte de los empleadores
  • la reducción en gastos como pasajes de autobús y gasolina
  • el ahorro de tiempo en traslados, que quedarán a favor del empleado.

OBSERVE MÁS: Proyecto sobre teletrabajo supera primer debate ¿En qué consistiría la nueva regulación?

Algunas regulaciones

  • El teletrabajo solo modifica el lugar de trabajo y no las condiciones de la relación laboral.
  • Ambas partes deberán suscribir un acuerdo de forma voluntaria y se puede revocar cuando así se considere conveniente
  • Ningún acuerdo suscrito para teletrabajo podrá contravenir lo estipulado en el Código de Trabajo en lo que respecta a la jornada laboral
  • La persona teletrabajadora podrá tener horarios flexibles, previamente acordados con la jefatura
  • Los criterios de medición, evaluación y control de la persona teletrabajadora serán proporcionales a los que se aplican en sus centros de trabajo
  • No podrá utilizarse el teletrabajo como medio para propiciar tratos discriminatorios en perjuicio de las personas trabajadoras
  • Se debe proveer y garantizar el mantenimiento de los equipos
  • Cuando los equipos se dañen, la persona teletrabajadora tiene 24 horas para informarlo.
  • La persona teletrabajadora debe cumplir con el horario establecido, su jornada laboral y estar disponible para la persona empleadora durante dicho horario y jornada