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Aresep ordena a AyA y ESPH devolver IVA a abonados por cobro de más

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) ordenó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y a la…

Por Krissia Morris Gray

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Aresep ordena a AyA y ESPH devolver IVA a abonados por cobro de más
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La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) ordenó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y a la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) devolverle el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los abonados a quienes se les cobró de más.

En el 2020, producto de la pandemia, la Aresep recibió una cantidad importante de denuncias de clientes sobre cobros indebidos en facturaciones por el consumo de agua.

La mayoría de las quejas se centró en contra del AyA. De las 19.301 denuncias recibidas por la Aresep el año pasado, el 60% correspondió a quejas contra esa entidad.

La orden de devolución del IVA es una de cinco disposiciones giradas a ambos prestadores del servicio, comentó Marco Cordero, intendente de Agua de Aresep.

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La Aresep no determinó la cantidad de abonados a quienes se les deberá devolver los montos correspondientes al IVA.

Las familias cuyo consumo de agua mensual sea igual o inferior a 30 metros cúbicos no pagan IVA.

299 denuncias

En lo que va del año, la Aresep recibió 299 quejas, por parte de usuarios del servicio de agua. Ellas aseguran que los problemas de facturación siguen vigentes.

Cordero comentó que en casos en los que se reporte un incremento del 100% en el consumo promedio normal, el operador no puede cobrar la factura hasta que analice, verifique y valide el monto.

Esto para evitar que el cobro tenga errores de estimación de consumos, medición errónea o problemas de facturación.

“No se debe incorporar en la facturación del mes actual, montos pendientes de meses anteriores. Lo correcto es que se emitan las facturas de periodo anteriores separadas, para evitar un cargo por IVA en casos que no corresponde!, afirmó Cordero.

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Solo mes calendario

Además indicó que solo se debe facturar la cantidad de días del mes calendario respectivo. Esto por cuanto al agregar o quitar días, la institución expone a la población al pago del IVA, sin que se haya dado un incremento real en el consumo.

Al mismo tiempo, se le ordenó a la AyA y a la ESPH que realicen “las gestiones administrativas correspondientes ante la Administración Tributaria para que reintegren los montos pagados de más por concepto del IVA”.

En caso de no tomar las acciones de devolución correspondiente a lo clientes, Cordero manifestó que este rubro no sería reconocido en gestiones tarifarias futuras que presente el AyA o la ESPH ante la Aresep.

Tanto la ESPH como el AyA fueron notificados de la resolución emitida por la Aresep, cuya orden es de acatamiento inmediato.

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