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Así aplica la restricción sanitaria en Costa Rica este fin de semana

Con el anuncio de cambios para los días de fin de año y las nuevas medidas para enero, el tema…

Por Marco Marín

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Así aplica la restricción sanitaria en Costa Rica este fin de semana
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Con el anuncio de cambios para los días de fin de año y las nuevas medidas para enero, el tema de la restricción vehicular es una de las principales dudas que afrontan los costarricenses.

Eeste fin de semana todos los vehículos podrán circular entre las 5:00 a. m. y las 8:00 p. m., sin importar su número de placa. No obstante, esto cambiará entre el 4 y el 17 de este mes, según recordaron las autoridades.

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Año nuevo, medidas nuevas

A partir del 4 de enero, la restricción en días entre semana iniciará a las 10:00 p. m., mientras que los sábados y domingo estará comenzando a las 9:00 p. m. Durante las primeras dos semanas, se regresa a la modalidad de placas pares e impares para el fin de semana.

  • Sábados: podrán circular los que terminan en par es decir: 0,2,4,6,8
  • Domingos: podrán circular los que terminan en placa impar es decir 1,3,5,7,9

Tome en cuenta que, durante ese periodo, el aforo en bares y casinos será de 25% de la capacidad del inmueble y los parques nacionales un 50%.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes agregó que los conductores que ignoren la restricción vehicular, sin importar la fecha, se exponen a la multa establecida de ¢107.000 colones.

Sin embargo, recordó que las excepciones ya establecidas como ir al trabajo, cita médica, aeropuerto u hotel, siguen aplicando provisto que la persona presente la carta, comprobante o reservación respectiva.

También se aconseja a los conductores tener su marchamo al día. Según datos del Instituto Nacional de Seguros (INS), ente recaudador de la obligación, al cierre del 31 de diciembre un 16% de los derechos de circulación aún no no habían sido cancelados.

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Los conductores que circulan, desde este 1° de enero sin el documento se exponen a una multa de ¢51.316 y el retiro de las placas. Además, se acumulan recargos por el atraso, de acuerdo con el siguiente detalle, proporcionado por el INS:

  • Seguro Obligatorio Automotor: Tasa básica pasiva anual más cinco puntos porcentuales, calculada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), vigente al momento del cobro, aplicado en forma proporcional a los días de retraso.
  • Infracciones: 36% anual.
  • Intereses en el impuesto sobre la propiedad: 12,37 % al año o 0.03380 diario (este porcentaje puede variar durante el resto del año).
  • Multa por el impuesto sobre la propiedad: 10% por mes (con tope del 100%).
  • Estacionómetros: 2% por mes, hasta 24%. Se detiene al año.

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