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Así puede moverse en vehículo en los cantones con alerta naranja y amarilla

Los constantes cambios en las restricciones sanitarias y vehiculares impuestas por el Gobierno generan confusión en la población, sobre cuándo…

Por Paula Umaña

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Así puede moverse en vehículo en los cantones con alerta naranja y amarilla
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Los constantes cambios en las restricciones sanitarias y vehiculares impuestas por el Gobierno generan confusión en la población, sobre cuándo se puede circular o cuáles comercios pueden atenderle.

El último cambio se realizó el viernes anterior y las medidas regirán hasta el próximo viernes 31 de julio, cuando el Poder Ejecutivo indique si se extenderán las medidas o si se flexibilizarán las restricciones.

El movimiento de las personas depende de la zona en la que se encuentre, pues gran parte del país está bajo alerta naranja.

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Zonas en alerta naranja

Movimiento en vehículos

Se puede circular de lunes a domingo de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. Salvo lista de excepciones, no circulan las placas terminadas en:

Lunes: 1 y 2 / Martes: 3 y 4 / Miércoles: 5 y 6 / Jueves: 7 y 8 / Viernes: 9 y 0 / Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8 / Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9

La lista de excepciones incluye tener que movilizarse a los trabajos (en el caso de los establecimientos habilitados para abrir), siempre y cuando se cuente con la acreditación y carta de autorización correspondiente.

“La persona del sector público o privado con jornada laboral estrictamente vinculada con los supuestos contemplados en el presente artículo o con los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento habilitados por el Ministerio de Salud, sea por ingreso, salida o necesidad de desplazamiento durante el horario laboral, debidamente acreditada”, señala la lista de excepciones.

¿Y los comercios?

La resolución emitida por el Ministerio de Salud ordenó “el cierre temporal de todos los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento que brinden atención al público (…) de manera total durante las 24 horas” en las zonas bajo alerta naranja.

Los únicos establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público habilitados para funcionar las 24 horas del día en alerta naranja son:

  • supermercados, abastecedores, pulperías y minisúper (sección venta de alimentos, bebidas, abarrotes, suministros de limpieza e higiene, y necesidades básicas)
  • panaderías, carnicerías y verdulerías
  • venta de insumos agropecuarios, veterinarios y de higiene
  • comercialización de productos agrícolas, pecuarios, pesca y acuicultura
  • lavanderías, ferreterías, cerrajerías, vidrieras
  • Riteve (RTV), reparación de automotores, equipo y maquinaria, lubricentros, venta de repuestos
  • servicios bancarios y financieros
  • funerarias y capillas de velación.

Todos los servicios anteriormente mencionados deben funcionar con un aforo del 50%.

También pueden abrir los establecimientos de salud públicos y privados, clínicas veterinarias, farmacias, ferias del agricultor con franja diferenciada para adultos mayores de 5:00 a.m. a 8:30 a.m.

Igualmente funcionan la recolección de residuos, abastecimiento de combustibles, venta de loterías y productos de azar debidamente autorizados por la Junta de Protección Social (JPS), estacionamientos o parqueos públicos, centros de atención de personas en condición de vulnerabilidad y dependencia, guarderías públicas, privadas o mixtas, hoteles (50% de aforo), y moteles.

La circulación de vehículos, tanto en zonas amarillas como naranja, dependerá de la terminación de la placa. (MOPT)

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Bajo alerta amarilla

Los cantones y zonas bajo alerta amarilla funcionarán con una restricción vehicular más flexible.

De lunes a viernes se puede circular de 5:00 a.m. a 10:00 p.m., y fines de semana de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. Salvo lista de excepciones, no circulan por terminación de placa de igual forma que en alerta naranja:

Lunes: 1 y 2 / Martes: 3 y 4 / Miércoles: 5 y 6 / Jueves: 7 y 8 / Viernes: 9 y 0 / Sábado: 0, 2, 4, 6 y 8 / Domingo: 1, 3, 5, 7 y 9

Comercios autorizados

Los establecimientos en zona amarilla con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público podrán abrir de manera regular y continuar la fase III de reapertura de lunes a domingo (restaurantes, tiendas y gimnasios al 50%, lugares de culto con un máximo 75 personas, ferias de agricultor con franja diferenciada, entre otros), con cumplimiento estricto de protocolos.

Los hoteles podrán funcionar con un aforo del 100% y zonas comunes al 50%. No se habilita la apertura de bares, discotecas, casinos y parques públicos.

Restricción diferenciada

Se mantiene la restricción vehicular diferenciada, en razón de zona fronteriza, de lunes a domingo de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. en los siguientes cantones:

  1. La Cruz
  2. Upala
  3. Guatuso
  4. Los Chiles
  5. San Carlos: Aguas Zarcas, Cutris, Pital, Pocosol y Venecia. Además el Sector Sureste del Distrito de La Fortuna de San Carlos (Tres Esquinas, Los Ángeles, Sonafluca, La Perla, San Isidro, El Tanque, San Jorge, Santa Cecilia), y las comunidades de La Vega y Bonanza del distrito de Florencia.
  6. distritos de Llanuras del Gaspar y Curuña de Sarapiquí
  7. distritos de Pacuarito y Reventazón de Siquirres
  8. distritos de La Rita, Roxana, Cariari y Colorado de Pococí
  9. Duacarí de Guácimo
  10. Corredores
  11. distritos de Agua Buena y Sabalito de Coto Brus