Este sábado en la madrugada se publicó en el diario oficial La Gaceta la modificación de la ley 9078 -Ley de Tránsito por vía públicas terrestres y Seguridad Vial- que incluye, entre otras, la multa de 107.768 colones más el retiro de las placas y la acumulación de seis puntos en la licencia a quienes violen la restricción vehicular sanitaria.
Esta medida fue solicitada por el Ejecutivo a los diputados, que este viernes aprobaron en segundo debate el endurecimiento de multas en virtud de la emergencia sanitaria que vive el país producto del coronavirus, que en nuestro país ha afectado a 416 personas y cobrado la vida de dos adultos mayores.
Las leyes para aumentar multas por restricción vehicular sanitaria y por incumplir órdenes sanitarias del Ministerio de Salud han sido publicadas en La Gaceta. Agradezco a los señores y señoras diputadas por su ágil labor de aprobación. Las nuevas multas rigen a partir de hoy.
— Carlos Alvarado Quesada (@CarlosAlvQ) April 4, 2020
La intención del mandatario Carlos Alvarado es que estas sanciones reforzadas rijan durante esta Semana Santa, cuando se endurecerán las restricciones vehiculares como medida preventiva para evitar la propagación del coronavirus.
Así las cosas, las restricciones funcionarán de la siguiente manera:
Del 3 al 7 de abril de 2020
- Restricción vehicular nocturna de 5:00 p.m. a 5:00 a.m. desde este viernes 3 de abril.
- Restricción vehicular diurna de 5:00 a.m. a 5:00 p.m. desde este sábado 4 de abril. En este caso, el tránsito de autos se permitirá según el número final de la placa. De esta manera, se definió que quienes podrán circular son:
- Sábado – placas que finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9 (impares)
- Domingo – placas que finalicen en 0, 2, 4, 6 y 8 (pares)
- Lunes – placas que finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9 (impares)
- Martes – placas que finalicen en 0, 2, 4, 6 y 8 (pares)
Del 8 al 12 de abril
- Restricción vehicular total. Aunque la lista de excepciones será publicada hasta este jueves, el Poder Ejecutivo adelantó que una de ellas es el acceso centros médicos, así como a supermercados o farmacias. Para los últimos dos casos, podrán circular:
- Miércoles – placas que finalicen en 0 y 1
- Jueves – placas que finalicen en 2 y 3
- Viernes – placas que finalicen en 4 y 5
- Sábado – placas que finalicen en 6 y 7
- Domingo – placas que finalicen en 8 y 9