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Avanza plan para establecer por ley la igualdad salarial entre hombres y mujeres en Costa Rica

La Comisión de la Mujer aprobó este lunes el proyecto de ley que busca establecer igualdad salarial entre hombres y…

Por Paula Ruiz

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Avanza plan para establecer por ley la igualdad salarial entre hombres y mujeres en Costa Rica
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La Comisión de la Mujer aprobó este lunes el proyecto de ley que busca establecer igualdad salarial entre hombres y mujeres que realizan un mismo trabajo y en las mismas condiciones.

Se trata del expediente 22.522 que implica una reforma al Código de Trabajo para incorporar esa disposición legal.

Nielsen Pérez, diputada oficialista y quien presentó el proyecto de ley, recalcó que con esta iniciativa se busca ir cerrando brechas en el campo de las remuneraciones. Pérez subrayó que en el fondo hay una desigualdad salarial profunda.

Por su parte, José María Villalta del Frente Amplio, indicó que pese a ser una norma constitucional, deberá aprobarse esta iniciativa de manera complementaria.

“Contar con mecanismos eficaces que permitan hacer cumplir esos principios, por eso es tan importante este expediente”, afirmó.

La reforma

Con la reforma planteada, el artículo 167 se leería de la siguiente manera (la negrita es original y sería lo que se agrega a ese numeral):

“Para fijar el importe del salario en cada clase de trabajo y el tipo de ingreso se tendrá en cuenta la cantidad y calidad de éste, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 24 del presente Código.
 A igual trabajo o trabajos de igual valor desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia igual o de igual valor, corresponde remuneración igual.
Queda comprendido en el concepto de remuneración, el salario o sueldo ordinario, básico o mínimo. Y cualquier otro emolumento en dinero o en especie pagados por la persona empleadora, directa o indirectamente, a la persona trabajadora, en concepto del empleo de ésta en su labor ordinaria.
Corresponde la igualdad de remuneración en categorías o puestos de trabajo valorados como iguales, similares, diferentes de igual valor o razonablemente equivalentes.
A efectos de valorar la igualdad de la remuneración en categorías o puestos de trabajo se adoptarán por parte de las autoridades competentes las medidas para diseñar, promover y ejecutar los parámetros y evaluación objetiva del empleo”.
No podrán establecerse diferencias por edad, etnia, sexo, nacionalidad o cualquier otra forma análoga de discriminación de conformidad con el artículo 404 del Código de Trabajo.

De acuerdo con Pérez, en caso de aprobarse este proyecto, el país cumpliría con el convenio 100 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para evitar la discriminación sexual en el salario.

Con la aprobación del expediente en la comisión legislativa, ahora pasa al Plenario ya sea para la apertura del período de mociones o bien, para su votación en primer debate.

Diputada Nielsen Pérez, del PAC promueve esta iniciativa. (Asamblea Legislativa)