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Avanza proyecto de jornadas 4/3: diputados especifican trabajos donde podrá aplicarse

Los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios, culminaron con el trámite de mociones al proyecto que pretende establecer autorizar…

Por Paula Ruiz

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Avanza proyecto de jornadas 4/3: diputados especifican trabajos donde podrá aplicarse
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Los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios, culminaron con el trámite de mociones al proyecto que pretende establecer autorizar las jornadas laborales 4/3.

La iniciativa busca establecer las pautas para que los trabajadores puedan laborar cuatro días consecutivos y tener tres libres.

Durante este miércoles, se aprobó un texto sustitutivo que especifica los trabajos que podrán ser realizados en esta modalidad.

La jornada excepcional implica un trabajo de hasta 12 horas por día.

Los trabajos

El texto aprobado señala que se podrá implementar en estos trabajos:

  • Trabajadores especializados de industria; personas trabajadoras no calificadas, semicalificados, calificados y especializados en comercio, turismo y servicios
  • Trabajos no calificados, semicalificados, calificados y especializados de genéricos, personas con técnicos medios en educación diversificada, técnicos de educación superior, diplomados de educación superior, bachilleres universitarios y licenciados universitarios; personas trabajadoras especializadas en transporte

La iniciativa detalla que quienes laboren en este tipo de jornada, no podrán realizar jornada extraordinaria.

Además, tendrán 90 minutos de descansos y comidas que deberán ser contabilizados como tiempo efectivo de trabajo para efectos de remuneración.

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Para estas actividades no

Por el contrario, la implementación de la ley que se pretende, quedaría prohibida para los siguientes puestos:

  • Labores pesadas, peligrosas o insalubres
  • Cuando los tiempos de exposición y riesgos ambientales sean especialmente nocivos
  • Cuando se identifique un riesgo para la salud de las personas trabajadoras con ocasión del trabajo y en donde no sea posible eliminar o reducir el riesgo a pesar de la adopción de medidas de protección o prevención
  • En aquellos trabajos que exijan para su realización un extraordinario esfuerzo físico o en las que concurran circunstancias de especial fatiga derivadas de condiciones anormales de temperatura o humedad, en trabajos que se realicen teniendo las personas los pies en agua o fango y en los de cava abierta de tierra
  • En aquellas labores en que se identifique un riesgo de fatiga por la continua operación de maquinarias, vehículos automotores o similares, que represente un peligro inminente para la persona operadora, así como para las personas usuarias o presentes en el lugar de la actividad
  • Personas trabajadoras menores de edad a la luz de lo dispuesto en el artículo 87 y siguientes del Código de Trabajo, así como el artículo 95 del Código de la Niñez y la Adolescencia

El proyecto también establece que trabajadoras embarazadas, personas con alguna enfermedad, así como aquellas que tienen a su cargo el cuido de personas y quienes estudian, podrán decidir no sumarse a la jornada 4/3.

La diputada Paola Vega, lamentó el avance de la iniciativa.