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Cambios que rigen hoy para Ventas y Renta reforman leyes de 1982 y 1988

A partir de hoy las personas y las empresas en el territorio costarricense pagarán más impuestos. Este 1º de julio…

Por Juan Pablo Arias

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Cambios que rigen hoy para Ventas y Renta reforman leyes de 1982 y 1988
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A partir de hoy las personas y las empresas en el territorio costarricense pagarán más impuestos.

Este 1º de julio entraron en vigor los títulos I y II de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, la cual fue aprobada -tras un extenso debate nacional- el 3 de diciembre de 2018.

La vigencia de estos títulos no es poca cosa. En ellos se reforman dos impuestos que por sí mismos son los más importantes en la recaudación del país. Solo en el 2018, representaron un 70% de los ingresos tributarios del Ministerio de Hacienda.

Hasta ayer el impuesto de ventas se cobraba solo a bienes y el impuesto de renta gozó de una estructura que reflejaba la realidad de la economía costarricense de finales de la década de los ochenta, del siglo pasado.

Este lunes, con el amanecer del día, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sustituyó al Impuesto General sobre las Ventas, del 8 de noviembre de 1982; y el Impuesto a los Ingresos y Utilidades amplió la base y cambió las tarifas del viejo Impuesto sobre la Renta, con respecto a la estructura que le fue definida en la ley del 21 de abril de 1988.

El IVA funcionará como hasta ahora lo ha hecho el Impuesto de Ventas y para los mismos productos, pero por primera vez incluirá a los servicios (como la peluquería, el mecánico, o el dentista, entre otros).

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La creación del Impuesto a los Ingresos y Utilidades, por su parte, también trae novedades. El cambio más básico, pero no menos importante, es que varían las fechas del año fiscal.

Antes, el año fiscal iba -para la mayoría de las empresas- de octubre a setiembre del siguiente año. Para el 2020, el año fiscal se extenderá del 1º de enero al 31 de diciembre.

También varían las tarifas del impuesto que se paga en las inversiones (se unifican al 15%) y se crearon nuevos escalones de renta para los salarios superiores a ¢2,1 millones.

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Efectos del corto plazo

La implementación de estas dos reformas se hizo con la intención de “nivelar la cancha” y que algunos sectores que habían quedado fuera de las contribuciones también tuvieran que aportar a los ingresos del Gobierno Central.

Las estimaciones del Ministerio de Hacienda apuntan a que, en ingresos frescos, la reforma fiscal aportaría menos del 1,3% del PIB. Los efectos no se esperan para el corto plazo, sino para el futuro, cuando se vayan equilibrando los ingresos y gastos del Gobierno.

Pero en el resto de la economía, los cambios aprobados sí comenzarán a reflejarse prácticamente de inmediato, aunque no severamente. 

Para este y el próximo año, el Banco Central de Costa Rica mantuvo la estimación de inflación dentro del rango meta, es decir, alrededor del 3%.

Según el análisis incorporado en el Programa Macroeconómico, la introducción del IVA tendría un bajo impacto en el nivel general de precios: alrededor de 1,1 puntos porcentuales en los cuatro años de implementación.

Para la Autoridad Monetaria, el efecto se concentraría entre julio de 2019 y junio de 2020. Y no prevé que haya efectos inflacionarios “de segunda ronda”.

Según las previsiones de la entidad, el impacto inicial sobre los precios no generaría expectativas de aumentos posteriores. Por lo tanto, la entidad no aplicaría una política monetaria restrictiva, sino que permitiría que los precios reflejen las mayores tasas impositivas, pues se trataría simplemente de un efecto sobre el nivel de precios, y no sobre la inflación.

De esta manera, el aumento temporal en la inflación sería igual al promedio de los aumentos en los precios resultantes por el cambio en la tasa del impuesto.

¿Cuánto de los incrementos en la tarifa del IVA lo pagarán los consumidores? El Banco Central cree que los incrementos a los precios estarán en función de cuanto cambiaría el consumo ante una variación del precio. Esto significa que si el consumo cae abruptamente, los empresarios podrían estar dispuestos a asumir una parte. 

Escenarios analizados 

El Banco Central estimó dos posibles escenarios, sobre el posible impacto de la reforma fiscal:

Traslado del 100% del impuesto al consumidor

Este escenario parte del supuesto de que todos los bienes y servicios tienen una demanda que no cambiará frente a una variación en los precios y, por lo tanto, la totalidad del ajuste del IVA se traslada como un incremento en esos precios.

En este caso, se estima que la aplicación del IVA implicaría un aumento máximo en el nivel general de precios de 1,17 puntos porcentuales al finalizar el cuarto año de vigencia de la ley. El mayor ajuste en el nivel de precios se registraría durante el primer año de vigencia del impuesto (0,77 puntos porcentuales).

El comportamiento se daría, porque en el primer año de vigencia del IVA, los servicios que antes estaban exentos comenzarán a ser gravados con el 13% (con algunas excepciones), de ahí se espera que el mayor ajuste en los precios se presente en ese año.

Traslado parcial del impuesto al consumidor

Este escenario toma en consideración el cambio en el consumo de algunos subgrupos de alimentos para varios países según estimaciones realizadas por el Departamento de Agricultura de Estados Unidos a nivel internacional.

De una simulación efectuada por el Banco Central, se obtiene un aumento de 1,03 puntos porcentuales sobre el nivel general de precios por la aplicación del IVA al finalizar el cuarto año de vigencia del impuesto.

En ambos escenarios se obtiene que el efecto del ajuste del IVA sobre el nivel del IPC sería relativamente bajo, alrededor de un punto porcentual en los cuatro años de implementación y cerca del 65% de ese efecto se daría en el primer año.

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