Visión País

Carros que se usarán en transmisión de actos religiosos de Semana Santa no tendrán restricción vehicular

por Paulo Villalobos
Observador CR

Los vehículos de personas con labores religiosas y dude la transmisión virtual de actividades de la Semana Santa se suman entre las nuevas excepciones a la restricción vehicular sanitaria que regirá del 8 al 12 de abril.

De igual manera podrán transitar quienes atiendan entierros y funerales, siempre que estén acreditados.

El personal de puertos, aeropuertos o puestos fronterizos (y toda su cadena logística) también tendrá que identificarse para circular por vías públicas.

Asimismo, de la lista se apartaron a los automotores pertenecientes a las misiones internacionales, cuerpo diplomático y del servicio consular.

Las 21 excepciones fueron publicadas este jueves por el Gobierno de la República, un día después de que el presidente Carlos Alvarado anunciara una ampliación de la restricción.

De esa manera, hacia el final de la Semana Santa (del 8 al 12 de abril) aplicará una prohibición de circulación de vehículos las 24 horas del día y en todo el territorio.

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Únicamente quedarán eximidos de esta:

El ministro de Seguridad Pública, Michael Soto, manifestó que este jueves sostendrá reuniones los directores regionales de la Fuerza Pública, así como con los jerarcas de la Policía de Tránsito, con el fin de coordinar el abordaje de las personas en los operativos para velar por el cumplimiento de las restricciones.

Además, dijo que la otra semana se tendrán consideraciones especiales con quienes se dirijan a farmacias y supermercados, aunque avisó que vigilarían los intentos de aquellos que con esa excusa intenten burlar los retenes.

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Tras la Semana Santa

Una vez superada la restricción del 8 al 12 de abril, el Gobierno de la República anunció la ampliación de las prohibiciones vigentes a este jueves, por tiempo indefinido.

Esto incluye una prohibición de tránsito entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m. de lunes a jueves, y de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. de viernes a domingo.

Infringir la restricción vehicular implica una multa de ¢22.188. No obstante lo anterior, el miércoles, la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate un proyecto de ley que apunta a endurecer esa sanción con:

Está previsto que el próximo viernes la iniciativa reciba el segundo aval de los diputados, para luego ser firmada por el mandatario Carlos Alvarado, así como el ministro de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez; y así hacer efectivas las variaciones.

La restricción vehicular sanitaria se implementó como una medida para evitar las concentraciones de personas y así disminuir las posibilidades de contagio de la COVID-19.

Esa enfermedad respiratoria enfermó a 396 ciudadanos y mató a otros 2 en 28 días. Hasta ahora solo se han recuperado 4 pacientes del nuevo coronavirus.

Un total de 2.251 conductores fueron multados entre el 24 de marzo y el 2 de abril.

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