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CCSS lesionó derechos de paciente con VIH al negarle atención por estar moroso, resuelve Sala IV

La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso presentado por una persona en condición de calle, portadora del virus de…

Por Paulo Villalobos

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CCSS lesionó derechos de paciente con VIH al negarle atención por estar moroso, resuelve Sala IV
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La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso presentado por una persona en condición de calle, portadora del virus de inmunodeficiencia humana (VIH), a quien el hospital México le negó el tratamiento de terapia antorretroviral.

Ello por cuanto el amparado adeudaba el pago del seguro voluntario a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).

De acuerdo con un comunicado de prensa del tribunal, el paciente fue diagnosticado con la enfermedad desde hace un año y ya presenta síntomas del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).

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Es así como los magistrados, de forma unánime y en resguardo al derecho a la salud, ordenaron este viernes a las autoridades del centro médico brindar de forma inmediata el tratamiento antrirretroviral del recurrente.

En la sentencia 2019-024916, se señala que las autoridades públicas del sector están obligadas a brindar la atención médica integral y el tratamiento adecuado a los pacientes con VIH-SIDA, así como a aquellos que presenten otras enfermedades de transmisión sexual (como gonorrea, clamidia, entre otras) sin interrupción alguna y sin distingo de si tienen o no capacidad económica para pagar el seguro social.

Dicho deber está estipulado en el artículo 162 de la Ley General de Salud, así como en el numeral 7 de la Ley General sobre el VIH-SIDA.

A finales del año 2017, 8.595 pacientes eran atendidas en las siete clínicas de la institución a cargo de la atención hospitalaria. De estos 7.096 eran hombres y 1.499 mujeres.

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El presidente de la Caja de Seguro Social, Román Macaya, dio a conocer el 2 de diciembre de 2019 que, a entonces, habían 9.978 con tratamiento antirretroviral.

“No cabe duda que la actuación de los recurridos, al denegar la atención prioritaria del paciente, obligándolo a arreglar la situación de su seguro previo a recibir el tratamiento médico que garantizara su atención integral, lesionó de forma grave sus derechos fundamentales, pues el ordenamiento jurídico cuenta con garantías suficientes que priorizan su atención, aun de forma gratuita”, reza el fallo.

La Sala la integraron Fernando Castillo, Paul Rueda, Nancy Hernández y Jorge Araya, así como los suplentes Alejandro Delgado, Marta Esquivel y Anamarie Garro.