Visión País

CCSS otorgó más 40.000 licencias de paternidad en los últimos 11 meses con nueva ley

por Mariana Mena
Observador CR

La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) otorgó 40.014 licencias de paternidad en los últimos 11 meses, con la aplicación de la nueva ley.

Los datos corresponden del 1 de junio de 2022 hasta el 29 de mayo de este año. Además, se suman otras licencias especiales, por muerte materna o adopción, con 48 trámites concedidos.

“Dichas entregas han significado para la Caja una erogación cercana a los ¢652 millones por licencias de paternidad, mientras que por muerte materna o adopción, la cifra corresponde a poco más de ¢38 millones”, detalló la institución.

De acuerdo con la Ley, en el caso de las licencias de paternidad se otorgan dos días por semana durante las cuatro primeras semanas posteriores al parto.

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Pérdida de días

“El inconveniente que se ha reportado principalmente, ha sido la solicitud de licencia de paternidad, habiendo finalizado las cuatro semanas posteriores al parto”, indicó Ana Mora, coordinadora de la Comisión de la CCSS.

Además, están los casos en que el patrono y el beneficiario de la licencia hacen un acuerdo por los días, pero no se realiza el trámite ante la Caja.

“Estas licencias se tienen que pagar de manera conjunta entre la CCSS y los patronos según el salario reportado meses anteriores. Importante resaltar que es un trámite administrativo que se debe hacer en las áreas de salud correspondiente”, explicó la doctora.

En total la Ley permite otorgar ocho días a los nuevos padres, en los plazos establecidos. Por eso, se recomienda iniciar los trámites previos al nacimiento con el patrono.

Lo ideal es que apenas se tenga la certificación del Tribunal que  especifica el nacimiento del bebé, se gestione en el área de Salud que le corresponde para evitar estos inconvenientes.

Requisitos

De acuerdo con la Ley, en el caso de las licencias de paternidad se otorgan 2 días por semana durante las 4 primeras semanas posteriores al parto. (Archivo/El Observador)

Licencias por adopción

“Se da en casos de una adopción individual o conjunta, la Ley menciona personas, quiere decir que no solo beneficia a la madre, como sucedía”, indicó Mora.

De ese modo se otorgan tres meses continuos, o distribuidos, entre las dos personas adoptantes. Se debe presentar una certificación del proceso de adopción y la resolución.

Anteriormente, para la licencia se pedía sólo la certificación del proceso, pero ahora la Ley establece que debe tener la resolución positiva de la adopción.

En los casos de adoptar más de un niño, la licencia permite otorgar un mes adicional, es decir cuatro meses.