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Cierre fiscal dejará de ser en setiembre a partir del 2020: ¿sabe que cambios implica?

A partir del 2020, el ciclo del periodo fiscal cambiará y pasará a tener el formato del año calendario. Significará…

Por Paulo Villalobos

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Cierre fiscal dejará de ser en setiembre a partir del 2020: ¿sabe que cambios implica?
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A partir del 2020, el ciclo del periodo fiscal cambiará y pasará a tener el formato del año calendario. Significará una variación en los límites para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta.

La modificación está contemplada en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Antes de la reforma al sistema tributario, el periodo fiscal abarcaba desde el 1 de octubre hasta el 30 de setiembre del año siguiente.

Pero ahora irá del 1 de enero al 31 de diciembre.

El primero de los ciclos se estableció con fechas que partían de que la economía del país se basaba en la agricultura.

Las actividades productivas variaron con el paso del tiempo y ahora se centran en el turismo, los servicios y la tecnología.

La evolución de la economía hizo necesario cambiar el ciclo del período fiscal para efectos del tributo y por ello se incorporó en la reforma fiscal.

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¿Quiénes deben hacer el cierre fiscal?

La declaración del Impuesto sobre la Renta la deben realizar todos los contribuyentes que llevan a cabo actividades económicas en Costa Rica.

Estos deben reportar los ingresos que tuvieron, menos sus costos y gastos.

Para declarar y cancelar el tributo, los obligados tienen dos meses y medio después de la finalización del periodo fiscal. En esta ocasión, sería el 16 de diciembre de 2019.

Como parte del proceso los contribuyentes deben completar el formulario D-101, que está disponible en el apartado de la Administración Tributaria Virtual (ATV) de la página web del Ministerio de Hacienda.

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¿Y los otros tres meses?

Una de las dudas latentes es qué sucederá con octubre, noviembre y diciembre del 2019.

La oficina de prensa del Ministerio de Hacienda indicó, ante consulta de El Observador, que estos meses deberán incluirse en la declaración del 2020.

Con esa indicación, el periodo fiscal del otro año estará constituido por 15 meses y no por 12, como se mantuvo hasta ahora.

Los ciclos se acomodarán y volverán a la normalidad en el 2021.

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