Retina Económica

¿Con cuánto podrían ser multados quienes no hagan el pago parcial de renta antes de que termine este viernes?

por Josué Alvarado
Observador CR

El Ministerio de Hacienda recordó que este viernes 28 de junio vence el plazo para cumplir con el pago parcial del impuesto sobre las Utilidades del periodo 2024, sin recargos ni intereses.

Estos pagos parciales son obligatorios. Se realizan a más tardar el último día hábil de los meses: junio, setiembre y diciembre.

Los deben hacer todos los contribuyentes activos en este impuesto.

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica recordó que si los contribuyentes no hacen el pago a tiempo se exponen a sanciones, según establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios:

La Dirección General de Tributación recuerda que para cumplir con dicha obligación el contribuyente puede hacerlo a través del portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV) mediante un Débito en Tiempo Real (DTR).

También por conectividad, a través de la cuenta bancaria, mediante el sitio web de la entidad financiera autorizada. Además, se puede apersonar a las cajas de las entidades para lo que será necesario el número de cédula.

Por otro lado, si el contribuyente tiene saldos a favor puede pedir una compensación a la Administración Tributaria por medio de un recibo oficial de pago, también disponible en ATV.

Quienes tengan montos retenidos del 2%, como lo establece la Ley de Impuesto sobre la Renta en caso de licitaciones, contrataciones o negocios que se realicen con el Estado, se pueden pedir los créditos correspondientes.

Los contribuyentes que hayan iniciado actividades durante el presente periodo fiscal deben realizar la estimación y pagar el impuesto con un recibo oficial de pago.

¿Cómo calcular el pago?

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica explicó los cuatro pasos que establece la administración para dicho cálculo: