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Conozca la diferencia entre una Sociedad Anónima y una Sociedad de Responsabilidad Limitada

Por Cristina Lara para El Observador Si usted está pensando en montar una empresa nueva, uno de los primeros pasos…

Por Desde la Columna

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Conozca la diferencia entre una Sociedad Anónima y una Sociedad de Responsabilidad Limitada
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Por Cristina Lara para El Observador

Si usted está pensando en montar una empresa nueva, uno de los primeros pasos a seguir es la creación de la compañía o sociedad mercantil.

Las dos sociedades más utilizadas en nuestro país por los empresarios son la Sociedad Anónima (S.A.) y  la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L).  

La popularidad y principal ventaja de este tipo de sociedades recae en que, en ambos casos, sus accionistas son responsables únicamente por los aportes de capital que hagan a la compañía.  Esto quiere decir que sus bienes y su patrimonio personal queda protegido en un eventual caso de concurso de acreedores o quiebra de la compañía.  

La Sociedad Anónima

La administración de una Sociedad Anónima se lleva a cabo por una Junta Directiva con un mínimo de tres puestos que son: Presidente, Secretario y Tesorero.  

Adicionalmente, la junta debe contar con un Fiscal cuya labor es precisamente fiscalizarlas acciones y decisiones de la Junta Directiva.  En las sociedades anónimas hablamos de accionistas, acciones y socios.  

Es una estructura ideal para empresas grandes, y para su constitución son necesarios dos socios (aunque posteriormente se pueden ceder todas las acciones a un solo socio).  Salvo que expresamente se designe de esa manera, las S.A. están constituidas para que sus acciones puedan ser transmitidas libremente.  

La Sociedad Anónima funciona bajo una Asamblea General como órgano superior, misma que se reúne una vez al año de manera ordinaria y extraordinariamente, según sea necesario

La Sociedad de Responsabilidad Limitada

La S.R.L. tiene una estructura de manejo más sencilla.  Requiere únicamente de un Gerente para su administración (aunque se pueden designar cualquier número de gerentes), de manera que el Gerente funge como representante legal.  

Otra diferencia importante es que en la S.R.L. no se utilizan acciones sino cuotas; entonces, aquí no hablamos de accionistas sino de cuotistas.  

Estas cuotas, a diferencia de las acciones, no pueden ser transmitidas por endoso.  Para transmitir las cuotas se necesita consentimiento expreso de los otros cuotistas (quiénes tendrán preferencia para adquirirlas antes que el público general).

Esto no sucede con la S.A. Este tipo de empresa es más favorable para pequeñas y medianas empresas. El capital social de la S.R.L., al igual que la S.A, debe ser constituido por mínimos dos personas, y posteriormente, puede ser traspasado a una sola persona.

Las S.R.L., al tener solo una clase de socios, no tienen la posibilidad de emitir deuda o diferentes tipos de acciones, como bonos, bonos convertibles en acciones o acciones preferentes.

Por lo tanto, las S.R.L., aún y cuando tienen una estructura administrativa mucho más simple, ciertamente atractiva para startups, no son convenientes si la intención del emprendedor va a ser levantar capital para su negocio.

A la hora de escoger cual es la estructura más adecuada para su empresa, es importante valorar las características descritas arriba para determinar cual tipo de compañía es la que mejor se ajusta a las necesidades de su empresa, tomando en cuenta el pronóstico de crecimiento de esta.

Habiendo dicho esto, es importante notar que, en caso de ser necesario, una S.R.L. se puede transformar en S.A.

Cristina Lara Rodríguez
Lara Legal Corp
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