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Costa Rica abrirá fronteras aéreas en 3 días: estas son las reglas y los países autorizados

Costa Rica reanudará los vuelos internacionales el próximo sábado 1 de agosto, con reglas estrictas para quienes nos visiten, así…

Por Paula Umaña

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Costa Rica abrirá fronteras aéreas en 3 días: estas son las reglas y los países autorizados
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Costa Rica reanudará los vuelos internacionales el próximo sábado 1 de agosto, con reglas estrictas para quienes nos visiten, así como la apertura de fronteras aéreas para un reducido grupo de 28 países.

Los países de donde se recibirán vuelos comerciales son:

El Ministerio de Salud revisará cada dos semanas la situación epidemiológica internacional por COVID-19, para valorar la lista de países y territorios de los cuales se recibirán visitas.

La lista de países y estos lineamientos constan en el documento intitulado “Apertura aérea gradual a partir del 1° de agosto – Preguntas y respuestas”, elaborado por una funcionaria de la Unidad de Asuntos Internacionales del Ministerio de Salud, del cual El Observador tiene copia.

Escalas

El país también permitirá el ingreso de personas que hagan escala en países autorizados. Es decir, cualquier persona podrá venir desde los destinos definidos siempre y cuando permanezca allí al menos 14 días antes de viajar a Costa Rica y no desarrolle síntomas.

Si se determina que el pasajero solo hizo escala, los oficiales de Migración podrán rechazar al pasajero y este tendrá que regresar a su país.

Las autoridades permitirán la recepción de vuelos privados desde los 28 países autorizados. Los pasajeros deben cumplir con los requisitos solicitados para todos los visitantes. De otros destinos, solo se permitirán los vuelos charter de repatriación de costarricenses.

Otra de las consultas más comunes es si un costarricense o un residente de Costa Rica puede contratar un vuelo privado hacia un destino que no esté dentro de la lista de 28 países y la respuesta es que sí, siempre y cuando no estén cumpliendo aislamiento domiciliar.

Eso sí, cuando regresen al país, podrán hacerlo únicamente por la vía aérea, presentando su documento de identificación vigente y demás documentos de viaje. Al regreso, deberán completar el Pase de Salud y recibirán una orden sanitaria para el aislamiento domiciliar.

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Requisitos de ingreso

Costa Rica fijó requisitos estrictos de ingreso a los turistas para disminuir riesgos relacionados con el contagio y la atención médica.

Si el turista no cuenta con alguno de los requisitos, puede ser devuelto a su país. En el caso de los costarricenses y residentes solo deben completar el Pase de Salud y no deben portar la prueba de coronavirus.

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Pruebas de COVID-19

El requisito de contar con un resultado negativo de la prueba de COVID-19 para poder ingresar al país (los turistas) generan diversas preguntas. Aquí se las aclaramos.

  • ¿La prueba debe de tener menos de 48 horas al momento de iniciar el vuelo o de ingresar al aeropuerto?
    • Si, debe tener un máximo 48 horas antes del vuelo hacia Costa Rica.
  • ¿Dónde me debo hacer la prueba?
    • En un laboratorio aprobado por la autoridad sanitaria del país en el que se encuentra el pasajero.
  • ¿Cuál es el tipo de prueba que se debe hacer ¿Cómo se pide la prueba?
    • La única prueba que se acepta es la prueba de reacción de cadena de polimerasa en tiempo real (PCR-RT para COVID-19). No se aceptarán como válidas los resultados de pruebas rápidas, pruebas serológicas o pruebas de inmunidad.
  • ¿En qué idioma debe ser el resultado de la prueba?
    • Únicamente se recibirá en inglés o en español.

Si las pruebas de PCR-RT para COVID-19 no están disponibles en el país o región donde
vivo, no son válidas presentaciones de ningún otro documento que no sea el resultado de la PCR-RT.

Es requisito para todos los viajeros de 12 o más años de edad.