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¿Cuándo y cómo puedo circular cuando tengo una reservación de alojamiento turístico?

Los hoteles, tanto grandes como pequeños, ya están habilitados para su funcionamiento a un 50% de aforo desde hace unas…

Por Paula Umaña

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¿Cuándo y cómo puedo circular cuando tengo una reservación de alojamiento turístico?
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Los hoteles, tanto grandes como pequeños, ya están habilitados para su funcionamiento a un 50% de aforo desde hace unas semanas.

Por esto, el Gobierno realizó una nueva excepción a las restricciones vehiculares dispuestas ante la crisis por COVID-19: si usted viaja a un hotel, cabina o establecimiento de alojamientos o viene de dichos lugares un día de restricción, puede entregar a las autoridades de tránsito el tiquete de reservación acreditado o factura, ya sea de forma digital o física.

“Los vehículos de las personas que requieran trasladarse estrictamente con ocasión de una reservación a los hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento habilitados por el Ministerio de Salud, sea para el ingreso o salida, debidamente acreditado con el comprobante de reservación correspondiente”, señala como excepción el decreto ejecutivo 42373-MOPT-S.

Pese a que esta excepción se incluyó, las franjas de restricción en cuanto a las horas si deben ser respetadas. Es decir, si se dirige o viene de un establecimiento de alojamiento se debe tomar el tiempo adecuado para no sobrepasar las horas límite establecidas (10 p.m. entre semana y 7 p.m. sábados y domingos), según la información del MOPT.

Asimismo, dentro de estos alojamientos no están incluidos casas de alquiler o Airbnb.

En el caso de moteles, también fueron exceptuados de las restricciones de funcionamiento sin restricción de horario. No obstante, las personas que se dirijan al lugar en el carro deberán respetar las franjas horarias de restricción vehicular normales.

Restricciones continúan

Las restricciones vehiculares por la pandemia continuarán vigentes hasta el próximo 19 de junio.

La circulación de los vehículos en gran parte del país se encuentran así:

  • Lunes NO circulan las placas 1 y 2
  • Martes NO circulan las placas 3 y 4
  • Miércoles NO circulan las placas 5 y 6
  • Jueves NO circulan las placas 7 y 8
  • Viernes NO circulan las placas 9 y 0
  • Sábados únicamente circulan cuya placa finalice en número impar
  • Domingos solo circulan las finalizadas en números pares

Asimismo, entre semana se puede circular de 5 a.m. a 10 p.m. y los fines de semana únicamente de 5 a.m. a 7 p.m., preferiblemente para movilizarse a comercios y establecimientos con permisos sanitarios habilitados por el Ministerio de Salud.