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Decreto de vacunación obligatoria contra el covid-19 entró a regir este viernes

La vacunación obligatoria para empleados públicos (y exigible en el sector privado a criterio de los patronos) ya es un…

Por Tomás Gómez

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Decreto de vacunación obligatoria contra el covid-19 entró a regir este viernes
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La vacunación obligatoria para empleados públicos (y exigible en el sector privado a criterio de los patronos) ya es un hecho.

Este viernes 15 de octubre entró a regir el decreto que regulariza la exigencia y con ello corren las últimas oportunidades para que aquellos empleados que no tienen la vacuna busquen sus dosis.

Así aplica la normativa:

Sector público

El Estado anunció desde finales de setiembre que se impondría el requisito de la vacuna anticovid sin importar las funciones. Hasta ahora, solo se exigía en el sector salud.

Según el lineamiento, se iniciará una campaña de convencimiento para aquellos que falten, dándoles un plazo de hasta 2 semanas. Se hará un primer corte 5 de noviembre y se girará un segundo informe el 26 de noviembre.

Para quienes insistan en rechazar el medicamento, arrancarán los procesos de sanción.

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“Sin ser excluyentes entre sí, las medidas podrían ser un procedimiento administrativo, una multa fija –un salario base, según estipula el artículo 378 de la Ley General de Salud (actualmente ¢462.200)– y una denuncia ante el Ministerio Público”, explicó.

Sector privado

En este caso, son los patronos quienes definirán si piden la inoculación o no.

Cada empresa está obligada a fijar claramente los parámetros de cómo y cuándo comenzará la verificación.

Aunque el Ministerio de Trabajo habilitó la opción del despido para quienes no se vacunen, antes debe seguirse un proceso de advertencias y apercibimientos, dejando la sanción más grave para el final.

La única excepción a la vacuna

Tal y como lo adelantaron las autoridades de salud y lo reitera el decreto, solo existe una excepción para la vacunación.

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Esta aplica para las personas con contraindicaciones médicas a los componentes de la vacuna.

En este caso la afectación debe certificarse con un dictamen médico oficial.

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