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Diputados de Restauración Nacional suman tercera acción de inconstitucionalidad contra norma técnica

La fracción de Restauración Nacional sumó la tercera acción de inconstitucionalidad en contra de la norma técnica del aborto terapéutico,…

Por Paula Ruiz

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Diputados de Restauración Nacional suman tercera acción de inconstitucionalidad contra norma técnica
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La fracción de Restauración Nacional sumó la tercera acción de inconstitucionalidad en contra de la norma técnica del aborto terapéutico, firmada por el presidente Carlos y el ministro de Salud Daniel Salas, el 12 de diciembre anterior.

Los legisladores solicitaron a la Sala Constitucional declarar como inconstitucional la norma. Los evangélicos pretenden que se considere la acción como una modificación de leyes mediante reglamentos.

De acuerdo con el diputado restauracionista Carlos Avendaño, se enfocan en una presunta violación a la reserva de ley en materia penal.

“El Ejecutivo se ha extralimitado en sus facultades, ha invadido el campo del Congreso y se ha puesto a modificar el Código Penal en artículo 121 y esto ni es competencia del Ejecutivo y tampoco una norma técnica desde esa perspectiva no surte ningún efecto legal, porque el único que puede modificar el Código Penal específicamente ese artículo, es vía Asamblea Legislativa”, declaró Avendaño.

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El aborto impune – también llamado terapéutico – está incorporado en el Código Penal costarricense vigente desde 1971, a través del artículo 121. Establece la posibilidad de interrumpir un embarazo, cuando continuarlo ponga en riesgo la vida o la salud de la mujer. Sin embargo se debía establecer la norma, para definir lineamientos y protocolos para los profesionales de salud, así como asegurar el derecho de la mujer.

La fracción insiste en que la norma abre el espacio para “irrespetar la vida del no nacido”.

Los diputados de la bancada conservadora defienden los siguientes principales puntos en la pugna:

  1. “La norma técnica es un derecho, está regulando derechos fundamentales y materia penal, cuando eso le corresponde únicamente a la ley”
  2. La norma técnica “está variando el contenido de un artículo legal, lo cual solo puede hacerlo la Asamblea mediante la discusión de un proyecto de ley”
  3. “Se está desvalorizando el criterio médico, el cual solo puede ser enfrentado por otro criterio médico y no por la voluntad de la paciente”
  4. “El artículo 121 del Código Penal está vigente desde 1971 y los médicos han venido aplicándolo desde entonces y sin problemas. No han necesitado de una norma técnica que les diga cómo hacer su trabajo”

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Las otras dos

Los magistrados ya acogieron para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por los diputados Erick Rodríguez, Shirley Díaz, Dragos Dolanescu, Patricia Villegas y Wálter Muñoz contra el Decreto de la norma técnica.

“A criterio de los accionantes, las normas impugnadas lesionan el derecho a la vida de la persona que está por nacer y los principios democráticos de separación de poderes y reserva de ley”, dijo la Sala a través de un comunicado.

La segunda fue presentada por los diputados independientes agrupados mediante Nueva República.

“Esta norma no solo degrada la dignidad humana del gestante al tildarlos de ‘producto’ sino que no resguarda la vida de éste en iguales condiciones que a la mujer embarazada”, dijo  Jonathan Prendas.

A estos mismos diputados, la Sala Constitucional les rechazó un recurso de amparo presentado también contra la norma, al responder que esta no era el procedimiento válido.

Mientras se resuelve, la norma técnica continúa su camino desde la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) donde tienen seis meses para elaborar el reglamento para su implementación.

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