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Enfermero denunció a CCSS porque le prohibían usar pelo largo; Sala IV rechazó reclamos

Según la normativa de uniformes de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), “a los hombres no se les permite…

Por Tomás Gómez

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Enfermero denunció a CCSS porque le prohibían usar pelo largo; Sala IV rechazó reclamos
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Según la normativa de uniformes de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), “a los hombres no se les permite usar aretes, ni cabello largo, ni colas u otros adornos o informalidades parecidas”. Esta es una disposición que reavivó la polémica en la Sala IV.

Un enfermero del Área de Salud de Sarapiquí de la CCSS interpuso varios procesos ante el alto tribunal, alegando que lo habían regañado por llevar el cabello largo y que ello “lesiona su derecho a la imagen y a la igualdad”.

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Según consideraron los magistrados, las regulaciones sobre el tema datan desde el 2007.

“El apercibimiento efectuado al amparado por usar el pelo largo no resulta un acto arbitrario; sino que se funda en una disposición normativa vigente”, fijó la Sala en la sentencia 20710-2021.

“Se descarta la lesión de los derechos fundamentales del recurrente y lo precedente es desestimar el recurso”, agrega.

En setiembre anterior, los magistrados rechazaron una acción de inconstitucionalidad sobre este mismo tema. 

Tres magistrados a favor

La sentencia rechazó los reclamos del enfermero pero tres magistrados se separaron del criterio para criticar el reglamento de la CCSS.

Se trata de los jueces Paul Rueda, Nancy Hernández y Marta Esquivel. En primer término, ellos validaron la posibilidad de reclamar por temas como este en la Sala IV; luego consideraron también improcedente la regulación de la CCSS.

Ambos recordaron una sentencia del 2019, cuando se sancionó al MOPT por amonestar a un empleado por llevar barba.

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“La Sala señaló que si bien el empleador tiene la potestad de verificar el cumplimiento de los deberes en sus empleados, ello debe hacerse de manera que no afecte irrazonablemente sus derechos fundamentales, entre ellos la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad”, rememoraron.

Sobre el caso específico, criticaron que la única justificación es que un reglamento exige el cabello corto; lo que representa solo un tema de construcción social.

“Observamos un trato discriminatorio injustificado, toda vez que solo al hombre se le prohíbe el uso del pelo largo; lo cual es fiel reflejo de una concepción decimonónica y estereotipada de las diferencias entre hombres y mujeres”, afirmaron.

La CCSS explicó ante la Sala IV que la normativa de uniformes data del 2007 y que solo se procede a hacer recordatorios (Alons Solano/ El Observador)

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