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Este lunes vence pago del impuesto a las personas jurídicas

Este lunes vence el plazo para pagar, sin recargo, el impuesto a las personas jurídicas del periodo fiscal 2022. ¿Quiénes…

Por Rodrigo Díaz

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Este lunes vence pago del impuesto a las personas jurídicas
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Este lunes vence el plazo para pagar, sin recargo, el impuesto a las personas jurídicas del periodo fiscal 2022.

¿Quiénes deben pagar este impuesto?

  • Sociedades mercantiles
  • Sucursales de una sociedad extranjera o su representante
  • Empresas individuales de responsabilidad limitada
  • Casas extranjeras
  • Sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas
  • Empresas individuales de responsabilidad limitada.

Quienes no atiendan esta obligación se exponen al pago de intereses y a la sanción por morosidad, según lo establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios. Incluso puede darse la disolución de la sociedad, conforme lo dispone la Ley, cuando no se pague el impuesto durante tres periodos consecutivos.

El pago se puede realizar por medio Débito en Tiempo Real. También a través de la página web de la entidad bancaria o directamente en ventanillas. Para este último caso, solo se debe indicar el número de identificación de la persona jurídica.

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Exenciones

Por su parte, las micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), están exentas de ese pago.

“Para el cálculo del impuesto es necesario que las personas jurídicas que realicen alguna actividad lucrativa se encuentren al día en la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta del periodo anterior, para evitar inconvenientes con este pago”, externó Carlos Vargas, director general de Tributación.

Para más información puede ingresar a la página web del Ministerio de Hacienda www.hacienda.go.cr, sección “Servicios Tributarios”, apartado “Información de impuestos”

Las tarifas a pagar varían según el tipo de contribuyente y se basan en un porcentaje del salario base ( ingreso mensual del “Oficinista 1” del Consejo Superior del Poder Judicial) que actualmente se establece en ¢462.200.