Desde de este martes 1° de diciembre comenzó a regir la normativa tributaria que implementa el Catálogo de Bienes y Servicios (Cabys) y sus respectivos códigos, como requisito indispensable para validar cualquier factura electrónica.
Sin embargo, la aplicación de la misma, por parte de los contribuyentes no estará exenta de algunas complicaciones. Esto debido a la gran variedad de opciones existentes y cuyo lenguaje, al estar estandarizado a nivel internacional, puede resultar en un vocabulario poco frecuente en nuestras fronteras.
El mismo deberá ir en la casilla denominada “Código de Producto/Servicio” de cada comprobante.
Miles de códigos
Este directorio enumera más de 20.000 productos, divididos en 10 clases, en los que cada bien o servicio queda categorizado, con un código específico de 13 dígitos, con su respectivo monto del Impuesto al valor agregado (IVA), siempre de acuerdo a las regulaciones actuales.
Si esta información se excluye del comprobante electrónico, el mismo no queda registrado en el sistema del Ministerio de Hacienda.
La entidad recordó que las tarifas que se publiquen en el catálogo , elaborado en conjunto con el Banco Central de Costa Rica (BCCR) y en cuyo sitio web está disponible, son de referencia informativa.
Esto significa que es responsabilidad del contribuyente determinar cuál es el más adecuado en su situación particular según explicó el Presidente del Comité de Factura Electrónica, Orlando Ramírez.
“Se usan nombres que no son de Costa Rica y eso puede confundir mucho”, explicó. En caso de que no aparezca el bien o servicio exacto, se debe aplicar el más apropiado.
El vocero agregó que si bien, no hay una solución para esa situación dado que, “tiene que existir un catálogo”, sí lamentó que la plataforma ofrecida, por las autoridades, a los contribuyentes presente problemas que deben ser corregidos.
“El proceso, técnicamente, fue bien llevado por parte de Hacienda. Lo que sucede es que hay una gran cantidad de artículos que no se encuentran registrados o cuesta encontrarlos. La búsqueda en sí, es tremendamente lenta”, aseveró.
Para Ramírez, es una “obligación” que las autoridades proporcionen una interfaz más amigable para el usuario, especialmente si quiere tener éxito en la implementación de los códigos de forma correcta.
“Obliga a descargar un archivo de Excel. Las personas que lo bajen tienen que, realmente, conocer cómo funciona el programa, para poder operarlo. Pretender que eso va a suceder en el 100% de los contribuyentes es impropio”, estimó.
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Productos combinados
La implementación de este código también aplica para la venta de productos combinados, conocidos como “combos”. Sin embargo, Hacienda aceptó dar un periodo de transición para los contribuyentes que tenían inventario, previo al inicio de la normativa.
En ese caso, los tributantes podrán usar los códigos temporales:
- 2399999002200 para surtido de productos alimenticios
- 3532901000000 para surtido de productos de limpieza
- 3532902000000 para surtido de productos de cuidado personal
Este transitorio vence el 30 de abril del 2021, fecha a partir de la cual, los comerciantes que desean vender o prestar servicios combinados, tendrán que facturar cada artículo por aparte.
El Catálogo de Bienes y Servicios está disponible para todos los contribuyentes en este enlace.
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