Visión País

Fiscalía insiste en juicio para exdiputado por posesión de piezas precolombinas

El Ministerio Público anunció que apelará la decisión del Juzgado Penal de Heredia con la que el exdiputado Víctor Hugo…

Por Paulo Villalobos

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Fiscalía insiste en juicio para exdiputado por posesión de piezas precolombinas
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El Ministerio Público anunció que apelará la decisión del Juzgado Penal de Heredia con la que el exdiputado Víctor Hugo Víquez, se salvó de ir a juicio luego de que se le encontraran en su casa 12 piezas precolombinas.

Mediante su oficina de prensa, la Fiscalía Adjunta de Heredia confirmó el lunes a El Observador que recurriría el sobreseimiento dictado el pasado 11 de julio a favor del exlegislador del Partido Liberación Nacional (PLN).

Para ello tenía como fecha límite este martes.

OBSERVE MÁS: Juzgado libra a exdiputado Víctor Hugo Víquez de ir a juicio por posesión de piezas precolombinas.

“La razón de dicha petición es porque no comparte la resolución”, indicó el órgano acusador por escrito.

Este medio solicitó conocer los argumentos por los cuales se presentó la apelación; sin embargo, el Ministerio Público señaló que los detalles solo serán especificados antes ante el Tribunal Penal de la jurisdicción.

Por su parte, el abogado de Víquez, Olman Ulate, dijo a El Observador que al cierre de esta publicación no pudo verificar el recurso. El jurista explicó que se referiría a la apelación una vez que pudiese conocerla.

El caso

Las piezas arqueológicas -autentificadas por el Museo Nacional- le fueron decomisadas al excongresista durante un allanamiento a su vivienda el 21 de diciembre de 2017. Esto en el marco de un allanamiento por aparente tráfico de influencias en favor del empresario Juan Carlos Bolaños.

El caso se tramita bajo el expediente 17-034732-042-PE, seguido contra Víquez por una supuesta infracción de la Ley de Patrimonio Histórico Arquitectónico. La misma establece en su artículo 20:

“La persona o personas que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley, no dieren cuenta de un hallazgo de bienes arqueológicos, o no pusieren éstos en poder del Museo Nacional, serán sancionados con prisión inconmutable de tres a cinco años”.

Sin embargo, haciendo referencia a los votos 00669-2006, de la Sala de Casación Penal, y 2005-012129, de la Sala Constitucional; el juez Adrián Molina concluyó que ese “hallazgo” debe darse producto de excavaciones.

“En ese orden de ideas, al tenor de todos las anteriores razones de hecho y derecho expuestas, jurisprudencia y nomativa citada, se estima que en este caso se impone el dictado de un sobreseimiento definitivo a favor del imputado, por no sustentarse elementos que acrediten desde el punto de vista objetivo ni subjetivo, una conducta delictiva de parte de su parte, y al prevalecer la duda a su favor”, dice la resolución en poder de este medio.