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Grupo ciudadano presenta denuncia contra Presidente, ministros, jerarcas de la CCSS y sindicalistas

El grupo civil conocido como Movimiento Ciudadano CR interpuso una denuncia este lunes ante el Ministerio Público contra 15 personas…

Por Marco Marín

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Grupo ciudadano presenta denuncia contra Presidente, ministros, jerarcas de la CCSS y sindicalistas
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El grupo civil conocido como Movimiento Ciudadano CR interpuso una denuncia este lunes ante el Ministerio Público contra 15 personas entre las que figuran el Presidente de la República, Carlos Alvarado, y los ministros de la Presidencia, Víctor Morales Mora y de Trabajo, Steven Núñez,

La acusación también incluye a los funcionarios de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Román Macaya, presidente ejecutivo y el gerente general Roberto Cervantes, así como representantes de sindicatos de salud.

El movimiento civil alega que el acuerdo firmado entre las autoridades y los gremios afines a la CCSS violenta las finanzas públicas. La denuncia fue confirmada, a El Observador, por el departamento de prensa de la Fiscalía y por la abogada Gloria Navas, representante de la agrupación.

“Estimamos que se violentaron varias disposiciones legales del código penal de prevaricato e incumplimiento de deberes. También una disposición, del artículo 58 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, que es el fraude de ley en la función pública.”, dijo Navas.

Para la defensora, la excusa esgrimida por el mandatario Carlos Alvarado, de que el acuerdo era la única respuesta ante una huelga “tan férrea”, no es válida.

“Eso es una falsedad y una mentira para la opinión pública, porque bien pudo el Poder Ejecutivo gestionar ante las autoridades, ante la Sala Constitucional, porque la salud es un bien público y eso es un delito de lesa patria”, agregó.

OBSERVE MÁS: Presidente de la Caja bajo investigación de Fiscalía por acuerdo con sindicatos

Tercera denuncia

Esta es la tercera denuncia interpuesta contra las personas involucradas en el acuerdo, que puso fin a la huelga de siete días en el sector de salud entre el 5 y el 12 de agosto. La misma llegó a su fin luego de que Macaya firmó un polémico acuerdo, de 15 puntos, con los líderes sindicales.

El pasado 21 de agosto, el diputado independiente Érick Rodríguez presentó una denuncia, ante el Ministerio Público, contra Macaya, por aparente incumplimiento de deberes al firmar este pacto.

Entre los puntos de conflicto, se acuerda pedir a un juzgado que estudie si la reforma tributaria debe aplicar o no a los empleados de la Caja. Esto último en lo relacionado a anualidades, complementos, sobresueldos y pluses.

También se mantienen el cálculo de los incentivos salariales y sobresueldos para los trabajadores incorporados antes de la nueva ley. Esto al acatar un acta firmada por las partes el 20 de febrero del 2019.

Además, se negociará el reconocimiento del incentivo de carrera profesional, el pago bisemanal, el monto del auxilio de cesantía, entre otros.

La causa se abrió bajo el número 19-000198-1218-PE, a la cual se le acumuló una segunda acusación interpuesta por el exdiputado de Movimiento Libertario, Otto Guevara, en la cual incluye al presidente ejecutivo de la CCSS, al gerente general de la institución y a varios líderes de los sindicatos que participaron.

El recibido de la solicitud de investigación hecha por el diputado Érick Rodríguez. (Leonil Vílchez/Despacho de Érick Rodríguez)

Código Penal

El incumplimiento de deberes está previsto en el artículo 339 del Código Penal.

La norma establece un castigo de entre uno y cuatro años de inhabilitación al funcionario que “omita, rehuse hacer o retarde algún acto propio de su función. Igual pena se impondrá al funcionario público que ilícitamente no se abstenga, se inhiba o se excuse de realizar un trámite, asunto o procedimiento, cuanto está obligado a hacerlo”.

Por su parte, el artículo 357 estipula que “se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos”.

Mientras tanto, la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública estipula, en su artículo número cinco, define el Fraude de Ley como:

“La función administrativa ejercida por el Estado y los demás entes públicos, así como la conducta de sujetos de derecho privado en las relaciones con estos que se realicen al amparo del texto de una norma jurídica y persigan un resultado que no se conforme a la satisfacción de los fines públicos y el ordenamiento jurídico, se considerarán ejecutadas en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma jurídica que se haya tratado de eludir”.

Los casos se encuentran en la etapa de recolección y análisis de prueba, por lo que aún no se revelaron más detalles.

Coloboró el periodista Paulo Villalobos