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Hacienda propone cambios al impuesto que telefónicas pagan a municipios para instalar torres

Desde el año pasado, las compañías de telecomunicaciones que usan espacios públicos para instalar la infraestructura necesaria para prestar sus…

Por Marco Marín

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Hacienda propone cambios al impuesto que telefónicas pagan a municipios para instalar torres
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Desde el año pasado, las compañías de telecomunicaciones que usan espacios públicos para instalar la infraestructura necesaria para prestar sus servicios – ya sea Internet, telefonía o televisión -, deben cancelar un monto por cada metro cuadrado del terreno utilizado.

Actualmente los precios que pagan a los municipios son de $2.400 (¢1,4 millones al tipo de cambio actual), $3.600 (¢2,1 millones) o $4.800 (¢2,8 millones)

Sin embargo el decreto que estipula los precios a pagar podría ser modificado por el Ministerio de Hacienda, en las próximas semanas. La entidad anunció en su sitio web una consulta pública para posibles cambios a la resolución.

El 28 de febrero del 2018 se oficializó el cobro de este canon, el cual aplica cuando instalan dispositivos como torres o antenas en terrenos municipales o áreas de conservación.

El precio que la empresa debe pagar depende del valor del terreno donde se instale el equipo, según lo que dicta el documento DGT-R-013-2018.

Según el borrador de Hacienda, los montos variarían a estos estipulados en el artículo 1:

Rangos de valores unitarios por metro cuadrado de las zonas homogéneas:

Su distribución es de la siguiente manera (para el primer año):

  • a. El primer rango hasta ¢50.000 por metro cuadrado, se refiere a áreas silvestres y zonas rurales
  • b. El segundo rango desde ¢50.001 hasta ¢100.000 por metro cuadrado, se refiere a zonas urbanas ubicadas en ciudades de mediano desarrollo
  • c. El tercer rango mayores a ¢100.000 por metro cuadrado, se refiere a los centros de desarrollo urbano de las ciudades más grandes

Además define que “los límites de los rangos de valor se actualizarán anualmente cada 1° de enero con la fórmula de valor futuro, desarrollada en matemática financiera”.

Para Vanessa Castro, presidenta de la Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom), la modificación es importante, ya que la fórmula original para calcular el monto, daba como resultado, “sumas tremendamente grandes y un poco exageradas”.

“El problema es la fórmula de fijación. Evidentemente en la realidad generaba números demasiado grandes, totalmente ruinosos para las empresas. Por eso necesitaba ser revisado, pero desde un punto de vista técnico”, dijo a El Observador.

Posibles mejoras

La presidenta de Infocom, Vanessa Castro, espera que haya una resolución positiva a finales de mes, una vez que concluya el periodo de audiencia pública. (Facebook)

El tributo fue ordenado por la Dirección General de Tributación (DGT), la cual se basó en el artículo 79 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep). La norma establece que las municipalidades deben permitir estas instalaciones en espacios que administran.

Además aclara que los operadores deben cubrir costos de arrendamiento, operación y, en caso de un accidente, daños y perjuicios que pudiera ocasionar la obra.

El abogado Rafael González, especialista en impuestos de la firma Grant Thornton, señaló que si los mecanismos de fijación establecidos están generando un alto costo, la razón podría ser el uso de la plataforma de valores zonales de cada municipalidad.

Este es el medio utilizado para generar el cobro del impuesto de bienes inmuebles.

“¿Qué es lo que puede ocurrir? En determinados cantones, donde en general el valor de la tierra es alto, si el canon utiliza esta referencia, resulta que voy a tener que pagar sobre la base de una propiedad, que por la referencia del plano es cara.

Lo que puede estar ocurriendo, y me parece que es lo que la cámara alega, es que se está usando un parámetro de valoración muy alto, para un área a la que el uso que se le va a dar, es muy limitado”, explicó a este medio.

Para González, el problema no es la referencia que se utiliza, ya que es la más objetiva que existe. Pero sería recomendable establecer valores de ajuste, que la fórmula considera “pero que se podrían mejorar”.

Arreglos necesarios

Para el experto, la modificación trae a colación otro aspecto positivo, pues pretende evitar futuros cambios al decreto ya que se trata de un aspecto muy técnico.

“No tiene sentido, algo tan técnico, estarlo modificando a través de la emisión de decretos. Si no que lo ideal es que el decreto establezca el marco técnico a partir del cual se van a establecer las modificaciones de los cánones y ya queda esa base técnica”, añadió.

Otra ventaja es que al haber zonas que pertenecen al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) originalmente se hicieron dos decretos, los cuales serían unificados de aprobarse esta modificación.