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Hacienda publica lista con 3.771 páginas de empresas que incumplieron el registro de accionistas

El Ministerio de Hacienda publicó en su página una lista con 3.771 páginas de todas las empresas que no cumplieron…

Por Christine Jenkins Tanzi

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Hacienda publica lista con 3.771 páginas de empresas que incumplieron el registro de accionistas
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El Ministerio de Hacienda publicó en su página una lista con 3.771 páginas de todas las empresas que no cumplieron con la presentación de la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF).

La Lista de Omisos en la Presentación tiene fecha de corte de  este 1 de abril e incluiría alrededor de 79.000 empresas. Para cada uno se incluye la cédula jurídica y razón social.

Este 31 de marzo se venció de la moratoria de dos meses en las multas, a partir de lo que las personas jurídicas se exponen a 50% de las sanciones, que van de ¢1.350.600 a ¢45.020.000. Cerca del 80% de los obligados presentó la declaración antes del vencimiento.

La lista de omisos se encuentra la página web de Hacienda, www.hacienda.go.cr , en el apartado RTBF.

“El próximo 16 de abril, la Dirección General de Tributación publicará el edicto de apercibimiento y prórroga automática, del plazo adicional que se concede a estas personas para proporcionar la información sobre sus beneficiarios finales”, según el comunicado.

A partir de 17 de abril, quienes no hayan cumplido tendrán seis días hábiles adicionales para hacer su declaración sin multas ni sanciones.

OBSERVE MÁS: Faltarían 81 mil personas jurídicas por presentar el registro de accionistas antes del 31 de marzo

Después de este periodo de prórroga, el Banco Central remitirá la lista de los incumplidores a Tributación, la cual iniciará a imponer las siguientes sanciones:

Incumplidores Sanción
Quienes presenten la información luego del plazo otorgado mediante el apercibimiento y la prórroga automática hasta el 30 de abril Multa pecuniaria proporcional del 50% de la sanción correspondiente.
Quienes presenten la declaración luego del 30 de abril de 2020 o no hayan presentado del todo la información requerida.  

Multa del 2% de los ingresos brutos declarados en el impuesto sobre las utilidades del año anterior a aquel en que se produjo la infracción, con un mínimo ¢1.350.600 y un máximo ¢ 45.020.000.

Quienes hayan incumplido con el suministro de información al RTBF A partir del 1 de mayo de 2020, el Registro Nacional no les emitirá certificaciones de personería jurídica ni les inscribirá documentos.

Además, los notarios públicos deberán consignar la situación de incumplidor del interesado en los documentos que emitan.

Evasión fiscal

“Contar con este registro es sumamente valioso para los planes de lucha contra la evasión fiscal que lleva a cabo la Administración Tributaria, así como para el combate a la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo que realiza el lnstituto Costarricense contra Drogas”, dijo Priscilla Zamora, directora general de Tributación.

“Por eso, haremos todo aquello que la normativa establezca para lograr el cumplimiento de todos los obligados”, según Zamora.

Para el periodo 2020, la declaración anual deberá presentarse en setiembre. Para facilitar su cumplimiento, la declaración del 2019 se precargará automáticamente en el sistema, por lo que las personas jurídicas solo deberán modificar aquella información que haya cambiado.

Cerca de 119.000 sociedades no habían completado el registro a pocos días de vencerse el plazo en enero antes de la moratoria. Sin embargo, desde que se aprobó la extensión, se frenó el ritmo con que se venía completando el proceso. (Foto: BCCR)