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Jerarcas con aspiraciones a próximas elecciones deben preparar renuncia

Aunque la mayoría de políticos evitan referirse a sus aspiraciones para las próximas elecciones el tiempo corre y los plazos…

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Jerarcas con aspiraciones a próximas elecciones deben preparar renuncia
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Aunque la mayoría de políticos evitan referirse a sus aspiraciones para las próximas elecciones el tiempo corre y los plazos legales comienzan a agotarse.

Si bien las elecciones serán el 6 de febrero del 2.022, la Constitución demanda a algunos puestos renunciar entre 6 meses y un año antes para poder figurar en las papeletas.

Así lo establecen los artículos 109 y 132, que imponen las condiciones para ser buscar la presidencia o una diputación.

En detalle las disposiciones afectan a:

  • Vicepresidentes: en caso de querer la presidencia, los actuales vicepresidentes deberán dejar el cargo un año antes de las elecciones, es decir, en febrero próximo.
  • Ministros: también deben irse un año antes si buscarán la presidencia y 6 meses antes si buscarán una curul.

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Si un magistrado, el director del Registro Civil, la Contralora General o los directores o gerentes de instituciones autónomas quisieran la presidencia, su renuncia debería llegar también antes de febrero.

En cambio, si las intenciones son legislativas, el plazo será de 6 meses para magistrados, jueces, autoridades de policía y gerentes de instituciones autónomas.

Laura Chinchilla renunció la vicepresidencia del gobierno de Óscar Arias el 8 de octubre del 2008 para empezar su propia campaña, que la llevó a nuevamente a Zapote, pero ahora como presidenta tras las elecciones del 2010 (AFP)

Restricciones más y menos claras

Respecto al presidente actual, la ley impone una espera de 8 años si quisiera volver a Zapote y de 4 para buscar una curul.

En cuanto a la primera dama, esta tiene vetado aspirar a la Asamblea Legislativa más no así a la presidencia.

La Constitución es omisa, eso sí, en cuanto a las regulaciones para los presidentes ejecutivos de las instituciones autómas.

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Según explicó la jefa del Registro de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), Marta Castillo, en ese caso la exigencia de una renuncia para postularse a un cargo dependerá del marco legal de cada ente.

“La Constitución hace una enunciación en términos generales, lo que el Tribunal ha hecho por el tema de incompatibilidades es que frente a una consulta concreta ha hecho un análisis de la ley orgánica de la institución para determinar la función”, detalló.

Alcaldes y diputados con carta blanca ante elecciones

La llegada del año electoral toma con mucha más libertad de postulación a diputados y alcaldes, que pueden mantener actividad partidaria.

En el caso de los gobiernos locales estos pueden optar por diputaciones y seguir en el cargo hasta asumir la curul en caso de ser electos.

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Ejemplo de ello fue el actual diputado Roberto Thompson, que ocupó la alcaldía de Alajuela hasta una semana antes de entrar a Cuesta de Moras.

Los diputados, por su parte, no tienen derecho a reelección inmediata pero si pueden apostar por el Poder Ejecutivo.

La ley no pone impedimentos para que los diputados desarrollen campañas presidenciales. En el último proceso, por ejemplo, Fabricio Alvarado mantuvo su curul hasta pasada la primera ronda y presentó su renuncia antes del balotaje. (AFP)