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Juzgado anula sentencia que generó dudas sobre restricción vehicular

La confusa sentencia sobre restricción vehicular, que generó diversas interpretaciones sobre la vigencia de la medida, fue revocada este miércoles….

Por Tomás Gómez

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Juzgado anula sentencia que generó dudas sobre restricción vehicular
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La confusa sentencia sobre restricción vehicular, que generó diversas interpretaciones sobre la vigencia de la medida, fue revocada este miércoles.

Así lo confirmó la Procuraduría General de la República, que representa al Estado dentro del caso judicial.

Sentencia de la polémica

Meses atrás, un grupo de alcaldes elevó a la vía legal su queja contra la restricción vehicular impuesta por el Gobierno como medida contra la pandemia.

Aunque el caso aún no avanza, se pidieron medidas cautelares, pretendiendo un levantamiento temporal del impedimento de circulación.

Al resolver la petición, el juez Alcevith Godínez consideró que la medida reclamada debía levantarse, lo que chocó con una limitación administrativa: el decreto que regulaba la restricción había sido cambiado.

Arrancó entonces un debate legal que el Tribunal Contencioso Administrativo zanjó al considerar que el congelamiento aplicaría solo para el decreto anterior, es decir, el que ya estaba derogado. Con ello, dejó en vigencia en segundo decreto, que permite mantener activa la restricción.

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La decisión fue impugnada pero este miércoles el Tribunal de Apelaciones del  Contencioso Administrativo consideró que al tratarse de un decreto derogado ya no había posibilidad de darle trámite.

“Los decretos que suspendió el Lic. Godínez se encontraban derogados al momento de dictarse la sentencia.  Ergo, el interés ya había desaparecido”, indicó Procuraduría.

Restricción sigue vigente

Tras una aclaración en primera instancia en diciembre anterior, las autoridades mantuvieron la restricción e incluso la intensificaron.

Para fin y principio de año se generaron horarios especiales y a lo largo de enero la medida aplica así:

  • De lunes a viernes hay restricción total de 10:00 pm a 5: 00 am.
  • Sábados y domingos la prohibición va de 9:00 pm a 5:00 pm.
  • Una vez por semana aplica restricción diurna por número de placa: 1 y 2 (lunes), 3 y 4 (martes), 5 y 6 (miércoles), 7 y 8 (jueves) y 9 y 0 (viernes).
  • Los sábados no circulan placas impares y los domingos las pares.

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