23 voces Cambio Climático

La urgencia de narrar los desplazamientos climáticos

por Redacción El Observador
Observador CR

Sofía Espinal, comunicadora

Hemos escuchado los alarmantes datos: en 2022 las emisiones mundiales de dióxido de carbono alcanzaron un máximo histórico y julio de 2023 se declaró como el mes más caluroso jamás registrado.

Hemos visto los incendios en la selva amazónica, las fuertes lluvias que han impactado Beijing y las inundaciones que han vivido diversos países en las últimas semanas. En América Latina hemos sentido las olas de calor y las profundas sequías empeoran las condiciones en el Corredor Seco centroamericano.

Seguramente ya escuchamos a Antonio Guterres, Secretario General de las Naciones Unidas, sostener con vehemencia que ya no estamos en el tiempo del calentamiento global, sino que alcanzamos ya la “era de la ebullición”.

Vivimos en tiempos de emergencia climática y, en este contexto, parece que tuviéramos ya toda la información sobre lo que sucede en nuestros países, en la región o en el mundo. Pero, aún con datos que llegan como marejadas, lo cierto es que hay historias sobre el cambio climático que permanecen en los márgenes de la conversación: aquellas de las personas desplazadas climáticas.

Las personas en situación de movilidad humana por razones climáticas son aquellas que han debido desplazarse a nivel interno, dentro de sus propios países, o a nivel internacional, como consecuencia de los efectos de la emergencia climática. Estos pueden ser efectos de rápida aparición, como huracanes o inundaciones, o de lenta aparición, como la desertificación o el aumento del nivel del mar. Estos efectos pueden empujar a las personas al desplazamiento en dos vías: como disparadores directos, por ejemplo en el caso de habitantes de islas que se inundan, o porque profundizan otras causas estructurales de la movilidad humana, usualmente en regiones o comunidades de por sí vulnerabilizadas.

La región de México y Centroamérica es una de las más vulnerables a los impactos del cambio climático, no sólo en relación a la ubicación geográfica del istmo, sino también por las desigualdades estructurales que atraviesan esta región y, por ello, su población está también  más expuesta a los desplazamientos.

Ejemplo de ello es que, tras los huracanes Eta e Iota en Guatemala, Honduras y Nicaragua, más de 225 mil personas fueron desplazadas forzadamente debido a la destrucción de sus viviendas y la imposibilidad de acceder a alimentos o agua potable. Otro ejemplo son los casos de desplazamiento forzado vinculados con los ciclos de agudas sequías en el Corredor Seco de Centroamérica, donde, según la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO, por sus iniciales en inglés), la inseguridad alimentaria ha dejado a 3,5 millones de personas necesitadas de asistencia humanitaria en Guatemala, Honduras y El Salvador.

Estas situaciones se profundizan por riesgos que ya empujaban a la población a movilizarse, como el crimen organizado, la violencia, los impactos sociales y ambientales de megaproyectos, la corrupción o la inestabilidad democrática.

Por ello, resulta muy complejo cuantificar los efectos en movilidad humana derivados del cambio climático, particularmente aquellos de lenta aparición, pues las afectaciones socioeconómicas suelen ser las causas más visibles del desplazamiento, con lo cual se desestima el impacto final de la crisis climática en la vida de las personas.

Aun así, las proyecciones para los próximos años son alarmantes: se estima que, para el 2050, alrededor de 4 millones de personas de México y Centroamérica se verán obligadas a desplazarse como consecuencia del cambio climático.

Frente a este panorama, sin embargo, en lugar de avanzar en rutas para la mitigación y adaptación y en vías para la protección de los derechos de las personas desplazadas, la realidad es que la diáspora climática continúa, en gran medida, invisibilizada.

De ahí que, como “lo que no se nombra, no existe”, y para lo que no existe, para lo que no se ve, se narra o se cuantifica, tampoco se pueden generar políticas públicas, normas o estándares de protección. Es decir, el desinterés de las autoridades; los desafíos en la recopilación de datos e información; y la falta de atención o documentación de estos desplazamientos por parte de los países mesoamericanos se han traducido en la falta de políticas públicas para el abordaje integral de estos desplazamientos. Así, la diáspora climática enfrenta una situación de desprotección estatal absoluta.

Cabe resaltar que, bajo la política migratoria actual y el ordenamiento jurídico internacional, para acceder a cualquier tipo de protección estatal nacional o internacional y, para poder ejercer una serie de derechos, es necesario calzar dentro de una categoría jurídica que brinde dicha protección. Por ejemplo, el ser reconocido como una persona refugiada garantiza que las personas que necesitan protección internacional no sean devueltas o expulsadas a países donde su vida o integridad personal esté en riesgo.

La Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984 amplía la definición de persona refugiada, describiéndola como “las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público”.

Una de las posibilidades que se vislumbra en la aplicación de este instrumento internacional es que algunas de las personas que se desplazan forzadamente internacionalmente por los efectos del cambio climático puedan, en interpretación del instrumento, acceder al refugio. Sin embargo, esta interpretación no ha sido realizada o adoptada por países de la región.

A la fecha, no existe una figura jurídica clara que reconozca a las personas desplazadas forzadamente por el cambio climático, lo cual suma a su desprotección. Por ello, desde el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). reconocemos la necesidad de utilizar los estándares internacionales de derechos humanos para brindar una categoría jurídica de protección a estas personas, al entender que los efectos del cambio climático, lentos y repentinos, pueden provocar violaciones masivas de los derechos humanos, en particular respecto a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA).

El desarrollo de una figura jurídica de protección desde el derecho intencional de los derechos humanos debe ir acompañada también de la creación de iniciativas de ley u otras iniciativas a nivel nacional o regional para dar respuesta a esta situación.

Según se reconoció en el Pacto Mundial sobre los Refugiados de 2018 “el clima, la degradación ambiental y los desastres naturales … interactúan cada vez más con las causas de estos movimientos… la prevención y la resolución de las situaciones de refugiados a gran escala … requieren la adopción de medidas tempranas para abordar sus causas y los factores desencadenantes, así como una intensificación de la cooperación entre los actores de los ámbitos político, humanitario, del desarrollo y de la paz”.

Para impulsar estos avances a nivel jurídico y de protección, un primer paso es narrar las migraciones por razones climáticas. Mover estas historias de los márgenes al centro de la conversación sobre cambio climático es imperativo para el reconocimiento, desde los gobiernos locales, centrales, y organismos de protección, de la urgencia de avanzar en rutas para responder a estos desplazamientos.

Las personas periodistas juegan un rol fundamental en la posibilidad de crear nuevos imaginarios donde la migración por el cambio climático se narre desde un lugar de derechos, de dignidad y de resistencia; así como un rol que fiscalice el quehacer de las instituciones y demande rutas para su protección. Visibilizar la movilidad por cambio climático como un primer paso para proteger derechos es también nuestra apuesta desde CEJIL.

Así, conocer la historia de Ricarda Flores frente al aumento de nivel del mar en Tabasco; la formas en que el cambio climático y las instalación de hidroeléctricas están cambiando el modo de vida de una comunidad maya Chuj en Guatemala; la resistencia de las mujeres cuidadoras de los municipios más afectados del Corredor Seco en El Salvador; los obstáculos de las personas mískitu nicaragüenses forzadas a migrar a Costa Rica tras los huracanes; o la historia de Alejandrina, quien enfrenta un segundo desplazamiento porque su comunidad será inundada para construir un reservorio de agua en Panamá, son una forma de abogar por los derechos de estas personas.

Avanzar en rutas legales, categorías de protección o políticas públicas, empieza también por narrar estas historias. Visibilizar lo que sucede en las comunidades desplazadas por el cambio climático, escuchar sus voces y sus demandas es también una forma de defender sus derechos.

 


Este artículo forma parte del especial 23 voces del cambio climático de El Observador.   Dirigido por Berlioth Herrera. Coordinado y editado por Michelle Soto.

Sobre la autora Voz #16. Sofía Espinal es comunicadora especializada en derechos humanos del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)