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Ley de “voto informado” se trajo abajo 71 candidaturas a diputados para elecciones 2022

El pasado 23 de agosto los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en segundo debate el proyecto de “voto informado”…

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Ley de “voto informado” se trajo abajo 71 candidaturas a diputados para elecciones 2022
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El pasado 23 de agosto los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron en segundo debate el proyecto de “voto informado” que se convirtió en ley de la República.

Esa normativa ya se trajo abajo las aspiraciones de 71 personas que buscaban ocupar una curul durante la próxima legislatura.

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó esas candidaturas, tanto para lugares propietarios como suplentes debido a la falta de requisitos que se incluyeron en esa ley.

La iniciativa estableció como condición de inscripción de candidaturas a la presidencia y vicepresidencia de la República, así como de diputaciones, la presentación de una fotografía y biografía de los aspirantes.

Además, en caso de candidaturas presidenciales, deberán presentar el programa de gobierno de su respectivo partido.

Esos 71 rechazos del TSE se deben precisamente a la no presentación de la biografía y/o fotografía de los aspirantes.

El Observador hizo un recuento de las resoluciones del órgano electoral en las que denegó la inscripción y encontró que esa fue la principal razón del rechazo.

Hasta ahora 19 partidos han sufrido las denegatorias de candidaturas por parte del TSE, 18 de ellos nacionales y uno más provincial de San José.

El partido Movimiento Social Demócrata es el que más rechazos sufrió con 19, seguido de Pueblo Unido con 13 y Alianza Demócrata Cristiana, junto con Integración Nacional tuvieron 9.

El PIN fue el último partido en recibir las resoluciones, que están subidas en la página oficial del Tribunal.

La mayoría de los rechazos son en puestos difíciles que salgan electos, aunque a Pueblo Unido le rechazaron los primeros tres lugares por Puntarenas debido a la ausencia de la hoja de vida en la inscripción.

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TSE (Tomás Gómez/El Observador)

Más razones

Los rechazos en inscripción de candidatos también se dan por otras razones como renuncias, falta de  paridad de género, extranjeros nacionalizados y la edad, entre otros.

Nueve personas electas en las respectivas asambleas renunciaron a la candidatura, pero sus nombres se incluyeron en los formularios de inscripción, por lo que el TSE procedió a rechazarlas.

Una de esas renuncias es de la exdiputada Evita Arguedas, quien fue electa por el partido Unidos por Costa Rica en el primer lugar por San José. La exlegisladora renunció a mediados de octubre a la aspiración.

Cinco candidaturas se rechazaron porque eran de personas nacionalizadas costarricenses, pero no cumplen el requisito de tener o vivir al menos 10 años en el país.

También hubo dos rechazos por edad, pues los aspirantes tenían 19 años y no cumplían con el requisito exigido por ley de tener 21 años para optar por una diputación.

En cuanto a la paridad de género, cinco candidatos fueron objeto de un efecto “colateral”, pues al darse rechazos de inscripción, en algunos partidos no se cumplía esa paridad, por lo que cinco candidaturas quedaron fuera.

Otro caso interesante se dio en el PIN, donde se rechazaron las candidaturas en Cartago de los puestos tres y cinco debido a que, quien fue electa en la asamblea en el puesto tres la colocaron quinta y quien había sido electa en el quinto lugar, solicitaron inscribirla como tercera.

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Otra biografía

Un rechazo del TSE que llamó la atención fue con una candidatura en el puesto 12 por San José del PASE, partido de Óscar López.

En su resolución el Tribunal explicó que la agrupación presentó la biografía de otra persona haciéndola pasar por la candidata electa.

“Realizado el estudio correspondiente se logra determinar que en los formularios referidos se presentó una biografía que no corresponde”, dijo el TSE, que además indicó que la aspirante tenía menos de 21 años.

A las denegatorias hay que agregar las que sufrió el partido Renovación Costarricense por tener las estructuras vencidas y Fuerza Democrática por hacer la solicitud de inscripción de forma presencial.

Todos los casos tienen derecho a apelación.