Quienes no porten el derecho de circulación del 2021, también conocido como marchamo, se exponen a multas y el retiro del vehículo, según los artículos 146, inciso “x” y 151, inciso “a” de la Ley de Tránsito.
Pero, ¿qué más sucede si no cancela el derecho de circulación a tiempo?
La respuesta es que se acumulan recargos por el atraso, de acuerdo con el siguiente detalle, proporcionado por el Instituto Nacional de Seguros (INS):
- Seguro Obligatorio Automotor: Tasa básica pasiva anual más cinco puntos porcentuales, calculada por el Banco Central de Costa Rica (BCCR), vigente al momento del cobro, aplicado en forma proporcional a los días de retraso.
- Infracciones: 36% anual.
- Intereses en el impuesto sobre la propiedad: 12,37 % al año o 0.03380 diario (este porcentaje puede variar durante el resto del año).
- Multa por el impuesto sobre la propiedad: 10% por mes (con tope del 100%).
- Estacionómetros: 2% por mes, hasta 24%. Se detiene al año.
Con corte al 31 de diciembre a las 11 a.m., al menos un 16% de los marchamos seguían pendientes de pago.
Para este año se puso al cobro 1.568.375 derechos de circulación. El cobro comenzó el 2 de noviembre y debía se cancelado antes del 31 de diciembre. La recaudación esperada para este año supera los ¢211.679 millones.