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9 pescados frescos se mantendrán en la canasta básica porque emergencia impide finalizar estudio técnico

El Gobierno mantendrá nueve especies de pescado fresco dentro de la canasta básica tributaria, al no poder finalizar el estudio…

Por Christine Jenkins Tanzi

Tiempo de Lectura: 2 minutos
9 pescados frescos se mantendrán en la canasta básica porque emergencia impide finalizar estudio técnico
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El Gobierno mantendrá nueve especies de pescado fresco dentro de la canasta básica tributaria, al no poder finalizar el estudio técnico que compruebe su consumo en los hogares de menores ingresos.

Los productos que son parte de la canasta estarán exonerados del Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el 1 de julio del 2020, a partir de lo cual aplicará un tarifa del 1%.

En julio del 2019, el Gobierno aceptó incluir estos productos mientras los ministerios de Agricultura y Ganadería (MAG) y de Economía, Industria y Comercio (MEIC) realizaban un estudio específico sobre el consumo de estas especies en el 20% de los hogares de menores ingresos.

El plazo se había extendido en enero del 2020 para obtener más información. A pesar de que el estudio técnico se concluyó, este 27 de abril se otorgó un nuevo plazo, dado que el MEIC no ha podido validar los resultados con el sector pesquero.

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Ampliación ante coronavirus

“A propósito de la emergencia declarada, el Estado costarricense ha concentrado todos los esfuerzos requeridos de la institucionalidad pública y privada en minimizar los impactos en la salud y la economía que ocasiona la enfermedad COVID-19 en todos los sectores productivos, lo que incluye al sector pesquero y acuícola, por lo que se requiere de un tiempo adicional para desarrollar y concluir la socialización del estudio realizado”, dicta el Decreto Ejecutivo N° 42322, firmado por el presidente Carlos Alvarado.

“El MEIC concluyó el estudio señalado (..) tras lo cual ha venido realizando la validación de sus resultados con el sector productivo pesquero, con el objetivo de contribuir a una definición más precisa en torno a los productos que deben ser contemplados”, explica la directriz del MEIC, MAG y Ministerio de Hacienda.

“La vida, la salud y la economía costarricense, están por encima de toda norma financiera o tributaria, por lo que en virtud de lo anterior, resulta necesario ampliar el plazo concedido”, agrega el decreto.

Por eso, en el nuevo transitorio se decreta que se seguirán considerando parte de la canasta básica tributaria los pescados frescos, enteros y en filete de las especies:

  1. atún
  2. dorado
  3. vela
  4. marlín
  5. espada
  6. bonito
  7. bolillo
  8. pargo
  9. y corvina fresca y entera

Para acceder al trato diferenciado, los cortes de estas nueve especies se mantiene siempre que no tengan ninguna preparación, o sean congelados, sazonados, marinados, adobados, condimentados, o empanizados.

Consumo de pescado

En la reforma tributaria del 2018, se estableció que la canasta se debe desarrollar considerando los estudios del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), y que la misma se actualizará cada vez que se emita una nueva encuesta de Ingreso y Gasto de los Hogares.

“Me parece que cuando hagan el análisis de la canasta básica, van a establecer que sí los van a tener que dejar adentro”, dijo German Morales, socio director de Grant Thornton Costa Rica.

“Son productos frescos, son productos que siempre han estado en canasta básica. Esta vez la canasta básica es un poco más restrictiva, pero me parece que siempre son productos de alto consumo, al no ser preparados”, agregó.

En julio 2019, se había aprobado la inclusión por un plazo de tres meses, prorrogables por tres meses adicionales. Luego en enero del 2020, un nuevo transitorio estableció un plazo de un plazo de seis meses, prorrogables por tres meses. En este último cambio, se establece que será por un plazo de nueve meses, prorrogable por tres meses.