La región centroamericana aplica desde este domingo los lineamientos de bioseguridad aprobados en la reunión intersectorial del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) y el Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (COMISCA), realizada el 28 de mayo.
El documento detalla que los lineamientos aplican a:
- Los puestos fronterizos terrestres
- Los funcionarios que ejercen controles en los puestos fronterizos terrestres,
incluyendo sanitarios y fitosanitarios, aduaneros, migratorios, salud, seguridad, entre otros - Las personas debidamente registradas y autorizadas, por la autoridad competente,
que ejecuta o hace ejecutar el transporte internacional de mercancías. - Los conductores o pilotos de los medios de transporte de carga que realicen
gestiones de ingreso o salida en los puestos fronterizos terrestres.
Los jerarcas centroamericanos concuerdan en que estos lineamientos, tienen como objetivo evitar la propagación de la COVID-19, garantizar la salud de los transportistas y funcionarios, además de permitir la fluidez del comercio en los puestos fronterizos terrestres.
Dyalá Jiménez, Ministra de Comercio Exterior, señaló con anterioridad que con estos lineamientos se busca protección a la salud a la brevedad.
https://twitter.com/MRedondo3000/status/1269401836315971586?s=20
¿Qué establecen los lineamientos?
El documento oficial contiene 14 páginas donde se especifican los lineamientos que deberán seguirse de forma obligatoria.
Algunos de los puntos establecidos son los siguientes:
- Las empresas de transportes de carga, así como los trabajadores que ingresen a lasinstalaciones de las mismas, deberán cumplir con los Protocolos Internacionales aprobados entre éstos:
a) Desinfección de áreas de trabajo generales y de estacionamiento de los medios de transporte.
b) Desinfección de los medios de transporte antes y después de cada servicio/operación.
c) El uso permanente de la mascarilla.
d) Establecer punto de inspección para la toma de temperatura de todos los trabajadores que ingresan a las instalaciones
e) Mantener las distancias recomendadas entre personas (entre 1.5 y 2 metros).
f) Utilizar el lavado de calzado o pediluvio con una solución desinfectante.
g) Instalar dispensadores de alcohol en gel de manos a base de alcohol al 70% en las áreas de ingreso para la desinfección de manos.
h) Los trabajadores que presenten temperatura por encima de 37.5°C no podrán ingresar a las instalaciones, se les debe remitir a los centros de salud correspondientes
i) Realizar lavado de manos con agua y jabón y/o desinfección con alcohol o gel desinfectante de mano (a base alcohólica del 70 %) al ingresar o salir de las instalaciones.
j) Es recomendable que las empresas reorganicen sus operaciones de tal manera que si tienen conductores o pilotos que presentan mayores riesgos de salud puedan asignarles otras funciones dentro de la empresa para no exponerles durante los viajes y disminuir el riesgo de contagio.
k) Los conductores o pilotos deberán cumplir con todas las disposiciones sanitarias antes, durante y después de iniciar un viaje
De igual forma, se obliga a las empresas a brindar capacitaciones a sus transportistas con tal de que tengan conocimiento del nuevo coronavirus.
Además, serán responsables de establecer programas de capacitación sobre los riesgos a los que se encuentra expuestos los trabajadores en las organizaciones, centros y lugares de trabajo, haciendo énfasis en las medidas de prevención y control biológico.
En cuanto al furgón, están obligados a limpiar el medio de transporte previo a la carga de mercancías.
A continuación puede ver el documento completo: