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Comerciantes se preparan para cambios en cierre fiscal

La Cámara de Comercio de Costa Rica trabaja desde ya en adaptarse al cambio del periodo fiscal del Impuesto sobre…

Por Paulo Villalobos

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Comerciantes se preparan para cambios en cierre fiscal
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La Cámara de Comercio de Costa Rica trabaja desde ya en adaptarse al cambio del periodo fiscal del Impuesto sobre la Renta. La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas ordenó la transformación.

En Costa Rica, el ciclo tributario se ordena del 1 de octubre al 30 de setiembre. Pero a partir del 2020 se pasará a un formato calendario, que va del 1 de enero al 31 de diciembre.

El primero de los límites para la declaración permitía a las empresas impulsar un fuerte movimiento de mercaderías cada setiembre. A su vez, esto facilitaba hacer espacio en los locales para los productos navideños.

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“Por lo anterior, el sector no solo realiza sus actividades características de esta época, sino que también se adapta a estas nuevas condiciones y enfrenta un escenario donde las ventas se han reducido durante el año”, explicó a El Observador el director de la organización, Alonso Elizondo.

El primero de los ciclos se estableció con fechas que partían de que la economía del país se basaba en la agricultura, primordialmente el café.

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Las actividades productivas variaron con el paso del tiempo y ahora se centran en el turismo, los servicios y la tecnología.

“Actualmente la realidad económica y comercial se despega de las necesidades que existían en ese momento. Específicamente para el sector comercio, las necesidades se relacionan directamente con la economía local, a diferencia de las zonas especiales, donde es beneficioso que los periodos fiscales estén ligados a la realidad económica de otros países, donde se espera colocar producto”, explicó el vocero.

Elizondo consideró que la variación del ciclo no será relevante para el sector comercio, ya que este se liga en su totalidad al consumo local.

¿Quiénes deben hacer el cierre fiscal?

La declaración del Impuesto sobre la Renta la deben realizar todos los contribuyentes que llevan a cabo actividades económicas en Costa Rica.

Estos deben reportar los ingresos que tuvieron, menos sus costos y gastos.

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Para declarar y cancelar el tributo, los obligados tienen dos meses y medio después de la finalización del periodo fiscal. En esta ocasión, sería el 16 de diciembre de 2019.

Como parte del proceso los contribuyentes deben completar el formulario D-101, que está disponible en el apartado de la Administración Tributaria Virtual (ATV) de la página web del Ministerio de Hacienda.

Trimestre de acomodo

Una de las dudas latentes es qué sucederá con octubre, noviembre y diciembre del 2019.

La oficina de prensa del Ministerio de Hacienda indicó, ante consulta de El Observador, que estos meses deberán incluirse en la declaración del 2020.

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Con esa indicación, el periodo fiscal del otro año estará constituido por 15 meses y no por 12, como se mantuvo hasta ahora.

Los ciclos se acomodarán y volverán a la normalidad en el 2021.