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Compras con tarjeta menores a ¢30 mil no requerirán firma ni cédula como medida ante el coronavirus

Los montos de pagos con tarjetas de crédito y débito que no requieren cédula ni firma se elevará de ¢15.000…

Por Christine Jenkins Tanzi

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Compras con tarjeta menores a ¢30 mil no requerirán firma ni cédula como medida ante el coronavirus
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Los montos de pagos con tarjetas de crédito y débito que no requieren cédula ni firma se elevará de ¢15.000 hasta ¢30.000, como una medida para evitar contacto ante el nuevo coronavirus.

El 70% de las transacciones de pago con tarjeta en el país son menores al ¢15.000 actualmente, por lo que no requiere de la identificación del cliente, entrega de la cédula de identidad ni de la firma del comprobante de pago (voucher). Al incrementarse el monto de pago rápido a ¢30.000 colones, el 85% de las transacciones de pago con tarjeta en el comercio no requeriría de dicha identificación y firma.

El Banco Central aprobó el cambio en la sesión del 15 de abril, a solicitud de las principales entidades financieras emisoras y adquirentes de tarjetas del mercado: Banco Nacional, Banco de Costa Rica, Scotiabank, Promerica, BAC Credomatic, Banco Popular y Evertec.

Estas entidades, a través de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC), argumentaron que “tomando en consideración que el virus se transmite por el contacto con superficies en la que se encuentra alojado, la reducción del contacto y manipulación de objetos al momento de realizar pagos es una medida que favorece la adopción de esta medida sugerida por las autoridades de salud”.

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El 17 de marzo este trabajador en Caracas vendía comida detrás de una envoltura de plástico como medida preventiva contra la propagación de la enfermedad del nuevo coronavirus. (AFP)

A nivel internacional ante el golpe de COVID-19, las marcas de tarjetas han decidido subir a €50 y $50 el límite de pagos sin contacto, medida que ha sido adoptada por al menos 29 países europeos.

El Banco Central le solicitará a los emisores y adquirentes del mercado de tarjetas y a los comercios, que realicen su mejor esfuerzo y destinen los recursos necesarios con la finalidad de lograr que en todos los comercios del país se disponga de un ambiente “contactless“.

Con la modificación al Reglamento del Sistema de Pagos, se establece que:

Los pagos rápidos se refieren a todas aquellas transacciones que se realicen con dispositivo de pago presente y que dispongan de tecnología EMV, por montos inferiores o iguales a treinta mil colones, que no requieren la comprobación de la identidad del cliente para su autorización.

Por lo tanto, con su procesamiento no debe exigirse al cliente la presentación de su documento de identificación, la firma del comprobante de pago (“voucher”), la digitación del PIN del dispositivo de pago o el uso de identificación biométrica o de cualquier otro elemento de autenticación. A solicitud de los emisores y adquirentes del mercado de tarjetas de pago, este monto podrá incrementarse, previa comunicación al BCCR y su respectiva aprobación.

La cambio reglamentario rige a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.