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Diputados buscan que Trabajo pueda aplicar sanciones contra patronos que violen garantías, sin proceso judicial

Un grupo de diputados presentó un proyecto de ley que pretende autorizar a la Inspección General de Trabajo a aplicar…

Por Paula Ruiz

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Diputados buscan que Trabajo pueda aplicar sanciones contra patronos que violen garantías, sin proceso judicial
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Un grupo de diputados presentó un proyecto de ley que pretende autorizar a la Inspección General de Trabajo a aplicar medidas correctivas y realizar sanciones administrativas cuando correspondan, sin tener que recurrir a procesos judiciales.

Se trata del proyecto 21.706, firmado por 12 legisladores de ocho bancadas, e impulsado por el frenteamplista José María Villalta.

El legislador es claro en que no pretende perseguir acciones punitivas contra patronos, sino garantizar el cumplimiento de la ley laboral en beneficio de los empleados.

Además considera que beneficia a las empresas, porque actuará contra aquellas en competencia desleal por aspectos laborales.

“Se busca darle herramientas al Ministerio de Trabajo para que pueda hacer cumplir la ley laboral. Hoy, si detecta una violación grave a los derechos laborales, el Ministerio no puede emitir orden para que se cumpla la Ley, sino que lo único que puede hacer es poner una denuncia en los Tribunales de Trabajo para que hagan un juicio que puede durar dos años o más, para finalmente imponer una multa. Con eso, no se arregla el problema”, señaló.

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El plan pretende que el Ministerio de Trabajo resuelva estos problemas laborales “porque la queja hoy es que el Ministerio no resuelve nada”.

Villalta reconoció que en comparación con otras carteras, la Inspección General de Trabajo carece de potestades para aplicar medidas correctivas.

El diputado agregó que la iniciativa cuenta con perspectiva de género, tras el apoyo del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu) en su elaboración.

Crisis laboralEl Informe Estado de la Nación ha señalado que uno de cada cinco empleados entre los 15 y 64 años, no recibe garantías laborales. En total, entre 288.305 y 682.612 mil trabajadores no gozan de algún derecho laboral. Según el reporte en el 2012, el pago de horas extra es la garantía que más se violentaba. Apenas poco más de la mitad de personas que laboran en horarios extraordinarios recibe una remuneración justa. 

El proyecto en síntesis

Se pretende autorizar al inspector de trabajo, a ingresar a centros de trabajo sin previo aviso y solicitar información detallada. De no permitirle el ingreso, puede llamar a Fuerza Pública. (Imagen es con fines ilustrativos/El Observador)

Son al menos 20 los artículos que se reformarían o modificarían del Código de Trabajo, la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Entre las herramientas a incluir para los inspectores de Trabajo son:

  • permitirles visitar e inspeccionar cualquier centro de trabajo sin previo aviso y poder dirigirse a áreas donde laboran las personas. En caso de no poder ingresar, puede recurrir a la Fuerza Pública para que no se le impida el cumplimiento de sus labores.
  • el inspector podrá requerir información relacionada con contabilidad, salario, planillas, medios de pago o cualquier documento de acuerdo al ámbito de competencia
  • de encontrar alguna anomalía, los inspectores deberán de informarla a la Caja Costarricense de Seguro Social y/o el Instituto Nacional de Seguros
  • en caso de violación a la normativa nacional e internacional relacionada con trabajo, dictará órdenes de cumplimiento y dispondrá de medidas de acatamiento para el patrono.
  • tendrá la potestad de sancionar administrativamente las infracciones detectadas que constituyan faltas contra las leyes de trabajo y seguridad social, de conforme lo dispuesto en el título VII del Código de Trabajo.
  • de no corregirse la anomalía, el patrono se expone a un proceso judicial
  • cuando se presente una denuncia, el inspector tendrá un mes (no indica si hábil o natural) para determinar si aplica o no un procedimiento sancionador. De hacerlo, deberá de realizar una investigación preliminar.
  • se otorga al patrono un plazo de 10 días hábiles para su descargo, para luego proceder con una audiencia oral y privada.
  • establece infracciones leves, graves y muy graves.
  • estipula el juzgamiento de las infracciones a las leyes de trabajo o de previsión social

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