Destacado

Divulgar fotografías íntimas sin consentimiento constituye un delito, ¿conoce la pena?

Hace algunos días algunas usuarias de Twitter denunciaron la existencia de una página web en la que se publicaban imágenes…

Por Paula Umaña

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Divulgar fotografías íntimas sin consentimiento constituye un delito, ¿conoce la pena?
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

Hace algunos días algunas usuarias de Twitter denunciaron la existencia de una página web en la que se publicaban imágenes íntimas de mujeres tanto mayores como menores de edad; por supuesto, sin su consentimiento.

Quiénes suben estas imágenes a la red, así como quien las descarga y comparte, no solo vulneran la dignidad de las víctimas; si no que incurren en delitos informáticos, según el abogado y especialista en delitos informáticos, Roberto Lemaitre.

Lemaitre explicó que las fotografías de uso personal constituyen un dato personal, por lo que se encuentran protegidas ante la ley.

“Una persona podría denunciar penalmente por la afectación y el uso de su imagen de forma no autorizada por otra persona”, dijo.

En el país se establece el delito de violación de datos personales, que dicta una pena de prisión de uno a tres años a quienes se apoderen, accedan, vendan o desvíen este tipo de material sin autorización. Así lo define el artículo 196 (bis) del Código Penal Costarricense.

Además, el abogado explicó que la pena se agrava si dichas conductas son realizadas por personas encargadas de salvaguardar documentos o comunicaciones, o de dar soporte informático.

Asimismo, si las imágenes corresponden a menores de edad se podría incurrir en penas relacionadas al delito de pornografía infantil. No solo se expone quien las produzca, comercialice o venda; si no también quien las posea o descargue.

El Código Penal de Costa Rica establece diversos delitos informáticos, entre los que se encuentra la violación de datos personales.

Menores de edad

¿Qué pasa cuando es un menor de edad quién comparte la fotografía de otra menor? Según Lemaitre, quienes tengan entre 12 y 18 años están sujetos a la Ley Penal Juvenil del país.

Dicha ley toma en cuenta los mismos delitos establecidos en el Código Penal; es decir, el menor de edad podría incurrir también en el delito de pornografía infantil y otros delitos informáticos.

“Hay mucho desconocimiento en los menores, aveces creen que por ser menores de edad no les aplica la normativa”, dijo el abogado.

Por esto, dijo, se debe iniciar por promover una mayor educación y cultura digital desde los centros educativos tanto primarios como secundarios.

Afectaciones personales

Por su parte, la psicóloga Karla Brenes explicó que las víctimas de estos robos de datos personales pueden experimentar traumas relacionados al acoso derivado por la publicación de sus fotografías.

“Un joven que sufre de ciberacoso está más propenso a experimentar baja autoestima, depresión y ansiedad”, dijo Brenes.

Al ser difundidas mediante internet, el material puede ser compartido repetidas veces y por diferentes canales o plataformas. Al no poder controlarlo, esto puede generar sentimientos de impotencia, culpa o vergüenza en las víctimas.

“Esto puede conllevar a tomar acciones como el aislamiento social, mientras que quién lo causa queda en el anonimato, es una injusticia”, aseguró la psicóloga.

Estas consecuencias pueden agravarse si se trata personas adolescentes, que se encuentran en una etapa clave para la definición de la personalidad.

Acoso cibernético

En el 2017, la Royal Society for Public Health (RSPH) realizó una encuesta a 1500 personas entre los 14 y 24 años de edad. Uno de los resultados más relevantes fue que 7 de cada 10 personas fueron víctimas de ciberbullying.

Además, según el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para el 2015 se registraron 21 casos de extorsión sexual o “sextorsión” y para el 2016 unas 80. Asimismo, el 2017 cuadruplicó los números del 2015.

Asimismo, la Encuesta Actualidades 2018 de la Universidad de Costa Rica (UCR) reportó que el 25,3% de las personas encuestadas aseguró que han sido acosadas a través de la red.

Además, un porcentaje del 6% percibieron daños a la imagen o reputación por publicaciones en redes.

Delitos informáticos en aumento

La cantidad de delitos informáticos ingresados ante el OIJ siguen la tendencia a aumentar conforme pasan los años.

En el 2016, por ejemplo, fueron 995 las denuncias interpuestas por estos delitos; no obstante, para el 2018 alcanzaron las 2.198 y en lo que llevamos del 2019 ya superan las 2.000. 

El principal delito informático denunciado continúa siendo las estafas vía internet, con un total de 1.706 denuncias en los últimos cuatro años.

La suplantación de identidad, la estafa informática, la suplantación de páginas electrónica; así como la difusión de información falsa, la seducción o encuentro con menores por medios electrónicos también encabezan la lista.

Sin embargo, se desconoce la distribución por provincia, cantón y distrito de cada una de las denuncias.

La cultura de la denuncia en el ámbito de los delitos informáticos aún no ha calado lo suficiente en el país, y muchas personas no acuden a las autoridades. 

Una de las razones es que estos delitos se hacen desde el anonimato; no obstante, si es así, las denuncias también pueden interponerse en el OIJ.