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¿En qué consisten las sucursales bancarias extranjeras que están a punto de ser autorizadas?

Por decisión unánime, los diputados aprobaron en primer debate el proyecto de ley que permite la apertura de sucursales bancarias…

Por Paula Ruiz

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¿En qué consisten las sucursales bancarias extranjeras que están a punto de ser autorizadas?
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Por decisión unánime, los diputados aprobaron en primer debate el proyecto de ley que permite la apertura de sucursales bancarias para entidades financieras extranjeras.

La iniciativa 21.292 reforma la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional y forma parte de las propuestas necesarias para la incorporación de Costa Rica a la Organización para la Cooperación de Desarrollo Económicos (OCDE).

La propuesta permite el establecimiento de bancos extranjeros mediante la figura de sucursales ya que actualmente solo se permite mediante sociedad anónima.

Pese a eso, se prohíbe que la sucursal bancaria y su casa matriz, realicen operaciones de manera directa o indirecta entre sí, según se indica en el proyecto.

También se indica que deberán tener un representante para la administración de sus actividades en el país “con facultades de apoderado generalísimo sin limitaciones para ejercer la representación del banco extranjero”.

El diputado Erick Rodríguez cree que esto beneficiará a los clientes bancarios. (Carlos González para El Observador)

Opiniones favorables

Jonathan Prendas, diputado independiente que lidera la Comisión de proyectos OCDE, resaltó la importancia de esta iniciativa porque actualmente no existe una figura jurídica que permita a los bancos operar con la naturaleza que se pretende.

Por su parte, Erick Rodríguez, también legislador independiente, apunta a que esto facilitará la instalación de bancos con un menor costo económico, traduciéndose en mejores condiciones para clientes.

“Entre más banca, mejor para los clientes porque si se da una simplificación de trámites en bancos, ganamos todos como usuarios de la banca”, señaló.

En la fracción oficialista,Carolina Hidalgo respaldó la iniciativa porque será “mayor la cantidad de opciones, no solo de bancos locales sino de extranjeros”.

No obstante, su compañero Welmer Ramos expresó tener algunas preocupaciones relacionadas con aspectos como: quién controlará las sucursales en tema de suficiencia patrimonial o de gobierno corporativo. Pese a esto, el rojiamarillo estuvo ausente al momento de la votación en primer debate por estar de gira en Guanacaste.

El segundo debate para esta iniciativa se estableció para el 30 de julio.

¿Qué más establece el proyecto?

  • Los bancos extranjeros podrán tener sucursal bancaria con previa autorización del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif).
  • Entre los requisitos están: mantener un domicilio exacto, cumplir con capital mínimo establecido por la Junta Directiva del Banco Central, estar sometido a la regulación y supervisión financiera de la autoridad competente, entre otros.
  • Conassif deberá tener reglamento para regular y supervisar las sucursales bancarias.
  • El Registro Nacional no podrá inscribir sucursales bancarias de bancos extranjeros y sus modificaciones sin tener la autorización del Conassif.
  • Los bancos extranjeros que operen en Costa Rica por medio de sucursales bancarias tienen los mismos derechos y obligaciones que los bancos privados costarricenses.
  • Entre estos derechos y obligaciones, las sucursales bancarias de los bancos extranjeros deberán cumplir con lo dispuesto en el artículo 59 de esta ley y con el encaje mínimo legal de conformidad con la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica.