Finanzas

Hacienda propone cobrar IVA del 13% a través de tarjetas a Netflix, Airbnb y publicidad en redes

El Ministerio de Hacienda propone cobrarle el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a servicios digitales como Netflix, Airbnb, Tinder, Skype,…

Por Christine Jenkins Tanzi

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Hacienda propone cobrar IVA del 13% a través de tarjetas a Netflix, Airbnb y publicidad en redes
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El Ministerio de Hacienda propone cobrarle el Impuesto al Valor Agregado (IVA) a servicios digitales como Netflix, Airbnb, Tinder, Skype, PlayStation Network, así como los pagos de publicidad en redes sociales.

Estos se incluyen en la lista a los cuales los emisores de tarjetas de crédito estarían obligados a hacer la percepción del impuesto del 13%, según una resolución en consulta acerca de servicios digitales transfronterizos publicada por el Ministerio de Hacienda.

La lista parece estar inspirada por la versión de Argentina, uno de los pocos países en Latinoamérica que cobra este tipo de tributo. La lista de Argentina tiene dos categorías: las del Apartado A, en que las tarjetas aplicaban el IVA sobre cualquier compra, y las del Apartado B, en la que se incluyen un grupo de servicios que estarían gravados con el impuesto, siempre y cuando sea un monto inferior a $10.

La idea de este límite es evitar aplicar el impuesto sobre una compra que podría ser de un bien, como una computadora portátil en la tienda de Apple, pero sí aplicarlo a las descargas de películas o juegos.

Sin embargo, la propuesta de Hacienda no incluye nada sobre esta distinción.

OBSERVE MÁS: ¿Hay que pagar impuestos por cambiar dólares a colones? Existe un mar de dudas

También se incluyen en la lista servicios de ‘streaming’ o pagos a través de redes sociales, entre ellos HBO Store, Google Play, Amazon Video, Amazon Prime, Facebook, Twitter, Instagram y Sky.com, que tiene exclusividad para transmitir algunos eventos deportivos. También se incluyen medios como Financial Times y New York Times.

Esta resolución estaría en consulta del 2 de diciembre al 13 de diciembre de 2019, inclusive.

Aunque la lista incluye unos 190 nombres, algunas son  formas repetidos de la misma empresa que usan denominaciones diferentes a la hora de cobrar.

Sin embargo, Tributación había comentado que paralelamente trabajaría en conformar una lista con base en información de los bancos locales.

“Puede ser que nuestra lista se parezca mucho a la de Argentina, pero también los bancos están preparando enviarnos a nosotros un detalle con cuáles son las transacciones que se están efectuando cada mes, para nosotros arrancar con una primera lista”, había explicado  Giovanni Tencio, subdirector general de Tributación, en una entrevista a inicios de noviembre.

Consultado acerca de cuánto se espera recaudar con este impuesto, contestó que es información que la Cámara de Bancos e Instituciones Financieras y la Asociación Bancaria estarían preparando.

La Cámara de Bancos indicó que estaría consultándole a sus miembros acerca del documento en el plazo establecido, mientras que la Asociación contestó que tenía que estudiar el proyecto.

Lista en proceso

“Parte del atraso que ha tenido este proceso, se debió a que buscaron de forma objetiva cuales son esos proveedores que prestan estos servicios, porque quién sabe cuántos más existen y son difíciles de detectar”, comentó Silvia González, socia de impuestos y legal de Grant Thornton.

“Argentina y Uruguay ya tienen esta experiencia, y ya saben como identificarlos, puede ser que la lista sea muy parecida”, agregó. Aun así la lista podría ir cambiando, así como la normativa.

Uber, una de las plataformas más usadas por los costarricenses, no aparecería por el momento en la lista.

La Asamblea Legislativa maneja un proyecto para la regulación de plataformas electrónicas de transporte como Uber, el cuál también podría definir el cobro del impuesto.

La resolución establece también que se podría agregar o eliminar servicios al notificar a los emisores de tarjetas con un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción del comunicado.

Devolución

Se pueden producir errores dado que los emisores de tarjetas que estarían encargados del cobro, no tendrían manera de verificar en cuál país se están usando.

Para estos casos de un consumo en el exterior, o algún cobro sobre un servicio no sujeta, se menciona que el consumidor podrá solicitar la devolución del IVA por medio del formulario D-402.

La idea también, es que estas plataformas se vayan registrando para hacer el cobro directamente, con lo cuál se ajustaría la lista.

“Hemos tenido varias conversaciones preliminares, hemos conversado con Airbnb, Amazon y algunas otras, pero han sido reuniones básicamente exploratorias”, según Tencio.

Tributación ve como un “elemento motivador” empezar con el proceso de percepción, para que las plataformas se acerquen a inscribirse.

La resolución también establece que inscribirse para este impuesto no implicaría otras obligaciones tributarias, algo que podría preocuparle a las empresas internacionales.

“El registro por parte del proveedor o intermediario, no generará obligaciones relativas a otros tributos distintas a las ligadas en su condición de contribuyente del IVA, incluyendo la obligación de registrarse como contribuyentes de otros impuestos. Tampoco constituye un establecimiento permanente para efectos del Impuesto sobre las Utilidades”, según la resolución.