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Ley de huelgas rige a partir de hoy

El periódico oficial La Gaceta publicó este lunes la Ley para brindar Seguridad Jurídica al Derecho a Huelga y sus…

Por Tomás Gómez

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Ley de huelgas rige a partir de hoy
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El periódico oficial La Gaceta publicó este lunes la Ley para brindar Seguridad Jurídica al Derecho a Huelga y sus procedimientos. Con este paso, la iniciativa completó su proceso y rige a partir de este lunes

Respecto a la posibilidad de parar labores, se generaron tres categorías de servicios para su regulación:

Con la nueva Ley, el Código de Trabajo recibirá una serie de transformaciones para regular el paro de funciones por parte de los empleados.

Entre otros ajustes, se podrá suspender el pago de salarios a quienes no estén trabajando y los bloqueos no serán una herramienta válida de protesta.

Además se vetó la posibilidad de ir a huelga por motivos políticos y se buscará hacer más expeditos los procesos judiciales.

El proyecto, aprobado por la Asamblea Legislativa de forma definitiva el 16 de enero y firmado por el presidente Carlos Alvarado la semana anterior, regirá bajo el número 9.808.

  • esenciales: sin posibilidad de huelga
  • trascendentales: con oportunidad de huelga pero debiendo asegurar la continuidad en la prestación del servicio.
  • estratégicos: referente a la educación pública, donde podrán darse huelgas de hasta 20 días seguidos o 10 discontinuos. Durante el paro los centros educativos tendrán que tener cubiertos los temas de seguridad y aseo.
(Alonso Solano/El Observador)

Largo proceso a la ley

Con la publicación de esta mañana la nueva regulación de huelgas completó un ciclo político de quince meses.

El expediente fue presentado en el Congreso en octubre del 2018, justo en medio de las protestas contra la reforma fiscal, que afectaron al país por 14 semanas. Según el Banco Central, esas manifestaciones tuvieron una afectación de  ¢138 mil millones en la economía nacional.

En la firma de la ley participaron el presidente Alvarado; la Ministra de Trabajo, Giannina Dinarte, y diputados de siete diferentes fracciones (Presidencia)

Para su tramitación se creó una comisión especial que dejó lista la versión del texto en agosto.

Una vez en el Plenario, 40 diputados aprobaron la reforma en setiembre.

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Vinieron entonces dos consultas a la Sala Constitucional que congelaron el trámite por varias semanas, hasta que a finales de noviembre el alto tribunal lo declaró constitucional.

Los magistrados hicieron sólo dos observaciones sobre la posibilidad de clausurar sindicatos y prohibición de huelga en algunos servicios judiciales.

Tras las vacaciones de fin de año, los congresistas se abocaron a la aprobación del proyecto.

En cuestión de una semana se eliminaron los artículos señalados por la Sala y se repitieron los debates.

La versión definitiva de la ley recibió 36 votos en su primer debate y 35 en el segundo (Tomás Gómez/El Observador)

La iniciativa requería 29 votos, los cuales superó tanto en el primer debate – donde recibió 36 apoyos -, como en el segundo – alcanzó 35 -.

La propuesta dividió a las fracciones legislativas, que se rompieron en las rondas de votación. Aunque con votos disidentes, Liberación Nacional, la Unidad Social Cristiana y Acción Ciudadana dieron la mayoría de los votos, mientras que la mayor oposición se dio entre los diputados independientes de Nueva República, afines a Fabricio Alvarado.

Restauración Nacional fue el único bloque que no se partió, pues sus siete miembros votaron a favor.

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Nuevas reglas

Estos son algunos de los cambios esenciales en la nueva regulación de huelgas. (Alonso Solano/El Observador)

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