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“Por violentar derecho al trabajo y libre comercio”: Sala Constitucional deberá resolver recurso de diputado

El diputado Erick Rodríguez presentó días atrás una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional, en la que solicitó a…

Por Paula Ruiz

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“Por violentar derecho al trabajo y libre comercio”: Sala Constitucional deberá resolver recurso de diputado
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El diputado Erick Rodríguez presentó días atrás una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional, en la que solicitó a los magistrados declarar que el Decreto Ejecutivo 42227-MP-S de marzo de 2020 es contrario a la Carta Magna.

Es decreto prohibía inicialmente la apertura de negocios a partir del 10 y hasta el 21 de agosto próximos en zonas en alerta naranja.

Sin embargo, este sábado Casa Presidencial flexibilizó las medidas con lo que el comercio podrá abrir entre semana, aunque no podrá hacerlo el Día de la Madre.

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El legislador aduce que ese documento violenta derechos estipulados en la Constitución Política como es el de trabajo y el de libre comercio.

Autorización Legislativa

En el documento presentado a los magistrados -del cual este medio tiene copia- Rodríguez considera que la orden de cierre de la actividad comercial en todas las zonas naranja es contraria a la Carta Magna.

“Hemos interpuesto la acción, no vivimos en una tiranía, vivmos en un Estado de derecho y la suspensión de esos derechos solo puede ser autorizado por la Asamblea Legislativa y no por Decreto Ejecutivo por el señor Daniel Salas (Ministro de Salud), que es quien está gobernando Costa Rica”, señaló.

El congresista amplió que el numeral 34 de la Ley 8488 en la que se basa el Decreto, no autoriza la suspensión de derechos estipulados constitucionalmente.

“La normativa habla de la declaratoria de un Estado de Neceisdad para situaciones que pongan en peligro la integridad territorial o la existencia misma del Estado, así establecido en un nuestra Constitución Política, donde de manera expresa se definen cuáles derechos podrán ser suspendidos y por cuanto tiempo máximo”, justificó ante el Tribunal constitucional.

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“El Poder Ejecutivo, mediante la Ley de Emergencias está facultado para restringir el ejercicio de algunos derechos fundamentales por efectos naturales como inundaciones, incendios, terremotos, pandemias, etc, pero el artículo cuestionado así como los derechos que han sido justiticados bajo este artículo son contrarios a nuestra Constitución Política, la cual NO AUTORIZA (sic) la suspensión de la libertad de comercio y el derecho al trabajo en ninguna circunstancia”, agregó Rodríguez en el documento.

Asimismo, sostuvo que las autoridades sanitarias no han podido comprobar que la apertura de comercios sea la causa del aumento de casos positivos de COVID-19.

El diputado le solicitó a los magistrados que, mientras resuelvan la acción, se le prohíba al Poder Ejecutivo ejecutar dicho Decreto.

Este es el Decreto Ejecutivo que se impugna

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