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Reformas a Ley de Armas aumentan penas de cárcel de hasta 20 años

Falta de permisos o de inscripción, así como la tenencia de armas prohibidas, son algunas de las faltas con nuevas…

Por Marco Marín

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Reformas a Ley de Armas aumentan penas de cárcel de hasta 20 años
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Falta de permisos o de inscripción, así como la tenencia de armas prohibidas, son algunas de las faltas con nuevas penas de cárcel con la entrada en vigor, este jueves, de una de las dos reformas a la Ley de Armas aprobadas por la Asamblea Legislativa.

La otra modificación autoriza a las autoridades a decomisar cualquier arma de fuego utilizada en un caso de violencia doméstica y, al mismo tiempo, ordena la cancelación del permisos de portación del sospechoso.

El primer cambio se establece en la Ley 9682, que en su artículo 3, prohíbe las armas automáticas largas y cortas cuyo funcionamiento permita el disparo en ráfaga.

Asimismo el artículo 52 bis de esta nueva norma, exige al propietario de un arma inscrita adquirir, solamente, municiones apropiadas para dicha arma.

En cuanto a las sanciones, el nuevo texto establece que:

  • Falta de permiso: Hasta este miércoles, esta falta contemplaba penas de entre 6 meses a 3 años de cárcel, pero con la reforma, ahora conlleva una pena de dos a cuatro años de cárcel para quien porte un arma de fuego permitida y debidamente inscrita pero sin el permiso correspondiente. Si el caso está ligado a crimen organizado la sanción sube un tercio.
  • Falta de inscripción: Esta infracción se castigaba con uno a 3 meses de trabajo comunal, pero con los cambios pasa a una pena de tres a cinco años de cárcel.
  • Armas prohibidas: En este caso la sanción era de 3 a 5 de cárcel, pero ahora implica una pena de cuatro a ocho años para quien sea detectado con un arma prohibida por ley.

Sin embargo, si estas actividades involucran armas prohibidas por convenios internacionales, incluyendo sus municiones, las penas pueden aumentar a entre 10 y 20 años.

En caso de que un propietario sea encontrado con un permiso vencido o bien falle en denunciar la sustracción de su arma, el titular será multado con un salario base.

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Por su parte, las casas de empeño que reciban armas de fuego, municiones o componentes afines podrían ser sancionadas con una multa de cinco salarios base.

Por esta razón, a partir de este jueves, los propietarios de armas cuentan con un plazo de seis meses para poner en orden los documentos respectivos.

Una encuesta de 1.000 personas, hecha por la Fundación Arias para la Paz, arrojó que un 93,3% de las personas consultadas no tienen armas de fuego en su hogar. (imagen ilustrativa)

Violencia doméstica

La otra ley que entra en vigencia es la 9692, la cual busca facilitar el accionar policial y judicial en casos de violencia doméstica.

A partir de ahora, las autoridades están facultadas para decomisar cualquier arma involucrada en este tipo de casos, así como la cancelación del permiso de portación en caso de ser una pistola.

Además, la policía debe de intervenir ya sea de oficio o cuando sean requeridos por una víctima o un tercero que presencie el hecho. Por esta razón, los efectivos pueden ingresar al inmueble para buscar armas, aunque el agresor no esté presente.