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Sala IV no encontró vicios de inconstitucionalidad en lo consultado sobre tope a intereses

La Sala Constitucional no encontró vicios ni por el fondo ni en el procedimiento en los artículos del proyecto de…

Por Paula Ruiz

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Sala IV no encontró vicios de inconstitucionalidad en lo consultado sobre tope a intereses
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La Sala Constitucional no encontró vicios ni por el fondo ni en el procedimiento en los artículos del proyecto de ley 20.861 que fueron consultados por los diputados a finales de abril pasado, según resolvió el órgano esta tarde.

La iniciativa de ley pretende establecer topes arbitrarios a las tasas de interés, pese a la oposición técnica de las autoridades financieras del país y las recomendaciones de organismos internacionales.

La respuesta de la Sala Constitucional responde a una consulta facultativa realizada por 11 diputados desde el 30 de abril anterior.

De acuerdo con Fernando Castillo, magistrado presidente, la Sala se limitó a realizar el análisis de lo que se les solicitó por lo tanto sobre esos puntos, se indica que no hay una violación a los derechos fundamentales ni principios constitucionales.

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“La Sala no entra a determinar la conveniencia o inconveniencia del proyecto como tal porque eso corresponde de manera exclusiva a la Asamblea (Legislativa). La Sala se limitó a análisis de constitucionalidad, no encontró vicios ni de fondo ni de procedimiento”, destacó.

La sentencia donde se concluye es la N°2020-10160 de este miércoles 3 de junio. Una vez que esté lista la sentencia integral, la Sala Constitucional procederá con la debida notificación a la Asamblea Legislativa.

Disipamos dudas

El 30 de abril anterior, el diputado independiente Erick Rodríguez indicó que dentro de lo que se solicitó esclarecer tenía que ver sobre la constitucionalidad de definir tasas de 45% para créditos y 61% para microcréditos.

Así como la metodología y la proporcionalidad de las penas para quienes infrinjan esas tasas, entre otros.

Durante este miércoles, el congresista indicó que debido a la ausencia de la sentencia integral, desconoce si hay salvedades dentro de lo resuelto.

En todo caso, señaló el esfuerzo realizado por este grupo de legisladores con tal de blindar el proyecto de ley.

“Disipamos dudas y así se evita que una acción de inconstitucionalidad se lo traiga abajo;  somos respetuosos de la normativa y la constitucionalidad del país”, indicó.

El proyecto aprobado en primer debate el 29 de abril anterior, pretende establecer topes máximos en los intereses de un 39% para préstamos y un 55% para microcréditos.

De aprobarse en segundo debate, entrarían a regir a partir de julio, únicamente para operaciones nuevas. Todos los contratos de préstamos, financiamientos y tarjetas de crédito vigentes seguirán como hasta el momento.