Destacado

Nueva tasa máxima para intereses en colones será de 33,66%

El Banco Central de Costa Rica actualizó el tope máximo a los intereses, también conocido como “tasa de usura”, el…

Por Juan Pablo Arias

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Nueva tasa máxima para intereses en colones será de 33,66%
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El Banco Central de Costa Rica actualizó el tope máximo a los intereses, también conocido como “tasa de usura”, el cual será de 33,66% para todos los préstamos, financiamientos y tarjetas de crédito en colones.

También se fijó en 28,69% el límite para las operaciones crediticias en dólares. El límite para los microcréditos (financiamientos menores a ¢675.000) será de 47,58% en colones y de 40,68% en dólares.

Los nuevos límites se aplicarán durante todo el segundo semestre del 2021, para todas las operaciones de financiamiento, como préstamos y tarjetas de crédito, entre otros.


En todos los casos, los límites máximos serán inferiores a los del primer semestre del 2021.

Las principales disminuciones se dieron en las tasas de interés en colones, tanto en crédito como en microcréditos.

La publicación de las tasas máximas a los intereses se debe hacer semestralmente en cumplimiento de la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, adicionado por la Ley N°9859 del 11 de junio de 2020.

Para el cálculo de los topes máximos, el Banco Central utiliza el promedio simple de las tasas de interés activas negociadas mensuales para los 12 meses previos. La tasa de interés de cada mes es el promedio ponderado de las tasas de interés activas para todas las operaciones de crédito efectuadas durante el periodo.

La reforma a la ley le dio potestad a la Comisión Nacional del Consumidor de “denunciar, en la vía penal, a las personas físicas y jurídicas que eventualmente pueden haber incurrido en el delito de usura, cuando en el ejercicio de sus competencias adquiera la convicción de la potencial comisión de ese hecho punible”.

“Cabrá responsabilidad penal, civil y administrativa de los funcionarios, representantes, administradores o gestores de las personas jurídicas que tomaron la decisión de cobrar una tasa de interés que supere los límites señalados”, agrega la legislación.

Temas: