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Pasar de pago bisemanal a quincenal no generaría ahorros a la CCSS, según entidad

El cambio en la modalidad de pago salarial que efectuará la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) -de bisemanal a…

Por Krissia Morris Gray

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Pasar de pago bisemanal a quincenal no generaría ahorros a la CCSS, según entidad
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El cambio en la modalidad de pago salarial que efectuará la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) -de bisemanal a quincenal-, no significaría ahorro alguno en las finanzas de la entidad.

Esto por cuanto la CCSS mantendrá el monto de pago anual que se le da a cada uno de los trabajadores; es decir, no habrá reducciones salariales.

Así se desprende del documento denominado “Informe sobre la aplicación de pago mensual con adelanto quincenal en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)”, bajo el oficio GG-DAGP-1094-2021 y del cual El Observador tiene copia.

El informe fue elaborado por la Dirección de Administración y Gestión de Personal, de la Gerencia General de la CCSS.

Esto producto de que la institución deberá aplicar el pago salarial según lo establece, desde el 4 de diciembre del 2018, la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, ley 9635.

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“De conformidad con los criterios emitidos por la Dirección Actuarial, así como la Dirección de Presupuesto, la propuesta de transformación de la modalidad de pago bisemanal a mensual con adelanto quincenal, no significa un ahorro o beneficio para la institución.

“Por cuanto la remuneración anual de los funcionarios se mantendrá igual, generando efecto neutro en las finanzas institucionales”, se desprende del informe.

La junta directiva de la CCSS discute el tema y todavía no toma una decisión al respecto.

La junta directiva de la CCSS discute el pago en la modalidad de pago a los trabajadores de la entidad

1° de enero del 2022

La Dirección de Administración y Gestión de Personal recomienda que este cambio entre a regir a partir del 1° de enero del 2022, pues existen las condiciones técnicas para el cambio.

De acuerdo con el artículo 26 de la ley 9635, este cambio se aplicará a la administración central. Esta es: el Poder Ejecutivo y sus dependencias, así como todos los órganos de desconcentración adscritos a los distintos ministerios, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y las dependencias y los órganos auxiliares de estos.

Según la ley, las entidades públicas y las instancias autónomas, semiautónomas y municipalidades, deberán aplicar el pago quincenal.

Por su parte, en el artículo 54 de dicha normativa, en lo referente a la modalidad de pago para los servidores públicos, se indica lo siguiente:

“Las instituciones contempladas en el artículo 26 de la presente ley ajustarán la periodicidad de pago de los salarios de sus funcionarios con la modalidad de pago mensual con adelanto quincenal”.

De aprobarse el cambio de modalidad salarial, los pagos se harán los días 15 y el último día de cada mes. Es decir: se pasará de 26 pagos al año a 24.

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El pago bisemanal se paga en la entidad desde 1988, producto de un laudo arbitral entre la CCSS y los sindicatos.

¿Por qué no hay ahorro?

¿Por qué si se van a eliminar dos pagos, eso no se reflejará en ahorros en las finanzas de la CCSS?

Esto es debido a que el transitorio XXIX, de la Ley de Fortalecimiento de las Públicas, estipula que “se harán los cálculos y los ajustes necesarios para que el cambio en la periodicidad del pago no produzca una disminución o aumento en el salario de los servidores”.

Pese a la eliminación del pago de dos bisemanas, la CCSS no tendrá reducción en el gasto salarial con el cambio a la modalidad quincenal (Foto: Archivo/El Observador)

Con esto, el salario de los 63.000 trabajadores de la Caja no sufrirá una reducción, pero tampoco deberá aumentar.

“(…) la transformación de la modalidad de pago de bisemanal a mensual con adelanto quincenal implica que la persona trabajadora que a la fecha recibe 26 pagos anuales, pasará a recibir un total de 24, distribuyéndose las 2 bisemanas que se dejarían de percibir anualmente, a lo largo de los 24 pagos al año”, se desprende del informe.

Al mismo tiempo, en el artículo 21, del reglamento a la Ley 9635, se desprende que las instituciones deberán realizar las gestiones correspondientes para adecuar los sistemas tecnológicos de pago a dicha disposición.

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“La Administración será la responsable de asegurar el pleno cumplimiento del cambio de modalidad de pago y los reconocimientos salariales que correspondan, de manera que no se produzca una disminución o aumento en el salario de los servidores”, se refuerza en el reglamento.

Desde el punto de vista de la Dirección Actuarial de la CCSS con la distribución de esas dos bisemanas en el pago por quincena, dará un efecto que “visualmente parece un incremento mensual a los funcionarios”, pero que no sería así.

En contra

El Sindicato Nacional de Enfermería y Afines (Sinae) está en contra de la medida.

Lenín Hernandez, secretario general de Sinae, comentó que la agrupación envió una nota al Presidente de la República, a la junta directiva de la CCSS y a los jefes de fracción en la cual expone su negativa.

Indicó que la medida no tiene ningún beneficio para los trabajadores ni para las finanzas públicas.

“En momentos en que los trabajadores de la salud deberían estar motivados porque su entrega y humanismo con que han atendido 18 meses de pandemia va más allá del deber como funcionario público se les premia con una medida que no tiene ningún beneficio para la institución”, aseguró Hernández.

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